Euskalherria=Euskadi=País Vasco (Alava, Guipúzcoa, Vizcaya).

 

 

Bajo el titulo “La euskalherria confusa” se da noticia en Navarra Confidencial de fecha 28 de septiembre, por boca de Anasagasti, sobre la actual actitud de los nacionalistas vascos respecto al buen o mal uso del término Euskalherria, por parte de los “radicales” separatistas,  doliéndose de que estos manipulen el simplemente idílico nombre de euskalherria, hacia un contenido político.

Seguirán rizando el rizo y confundiendo al personal. En efecto, los separatistas –no hay distinción entre ellos en radicales y moderados en cuanto a su secesionismo y odio a España- quieren manejar el concepto de “pueblo vasco” como una “nacionalidad política” en busca de una nación, cuando en realidad este concepto es el de una “nacionalidad étnica” que por sí mismo no justifica derechos  territoriales, ni jurídicos, ni políticos, ni históricos; solamente culturales y raciales.

Vamos sin embargo a aceptar que Euskalherria existe como cohesión cultural de los que racialmente se sientan vascos y solo vascos. No entro en que todos venimos de Eva y que genéticamente las diferencias que puedan encontrarse son solamente las que las leyes de Mendel califican como genéticamente recesivas, por el entrecruzamiento milenario entre los mismos, derivado de un aislamiento geográfico. Sí es cierto que, por sentimiento, existe Euskalherria, lo que configura una “nacionalidad  cultural” pero no política.

Los derechos de Euskalherria solo pueden justificarse por los que histórica y jurídicamente disponen los territorios históricos forales  reconocidos en la CE  de 1978, que no hace acepción de raza, para los ciudadanos asentados en los territorios forales, al margen de si son o no étnicamente y culturalmente vascos o subsaharianos.

Y bien: ¿cuales son los territorios forales como entidad objeto de derecho? Todos contestaran: Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra. No parece que sea exacto. Por explicaciones que no encuentran justificación los diputados constituyentes, sin que conste contradicción ni contrariedad por parte de los nacionalistas vascos, DEROGARON LOS FUEROS de las tres provincias vascongadas, quedando confirmados los fueros solo para Navarra (Disposición derogatoria 2). Allá ellos.

Finalmente  por deseo político del PNV el término EUSKALHERRIA (de base cultural y étnica) se ha hecho jurídico en el Estatuto vasco al aplicarlo políticamente  y equipararlo jurídicamente a EUSKADI o PAIS VASCO. Ellos mismos y ellos solos.

 

José  Javier Viñes

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