Es lo que he pensado al recibir una invitación de mi bloguero amigo “Embajador en el infierno” para el Foro Alfonso Carlos I
Con formato «universidad de verano» el programa combina subsidiariedad-foralidad, subsidiariedad-construcción europea, subsidiariedad-responsabilidad, subsidiariedad -regionalismo…
Pero , ¿de qué estamos hablando?
Lo curioso es que resulta que un concepto tan poco conocido tiene su origen en la Doctrina Social de la Iglesia y no sólo aparece en los planteamientos del tradicionalismo político español sino que está presente nada menos que en el Tratado de Maastricht como uno de los pilares de la Unión Europea.
Cual bálsamo de fierabrás es raíz y piedra filosofal para la Unión Europea, y en la democracia participativa, aparece en el campo del Derecho civil-penal y constitucional, es base doctrinal del regionalismo, del foralismo, de cierto federalismo, del carlismo y seguramente como principio organizativo en otros muchos campos.
En definitiva, estamos hablando de que cualquier problema debe ser solucionado o atendido por la autoridad mas cercana al asunto del que se trate.Y solo en caso de que aquella no fuere capaz entraría en juego la instancia superior.
En términos de realidades políticas significa que todo lo que puede hacer la familia no debe hacerlo el municipio. Lo mismo en su caso con respecto a la Comunidad Autónoma: que lo que pueda hacer la Comunidad Autónoma no lo haga el Estado. Y que lo que pueda hacer el estado no lo haga la “Unión Europea” que sería nuestro caso . A priori suena bien, es razonable, y vacuna frente a las concepciones mas estatalistas como las distintas versiones del socialismo.
Pero, ¿a qué viene todo este rollo teórico? Pongamos que España -que también es un estado, estuviera intervenida o ayudada desde el 12 de mayo de 2010 y que en este mes de septiembre, dado que no puede resolver por sí misma su problema, actuara la Unión Europea con una peculiar aplicación del principio de subsidiariedad… ¿o quizá lo que se aplica son otros principios que desconocemos?