Electos vacantes

La acumulación de fracasos de participación electorales devienen en paradigma, cuyo ejemplo estatutario catalán fue inferior al 50% y en las elecciones autonómicas del 56%. Traducido al Román paladino, significa que la mitad de la población para este caso -y muchos otros- el pueblo no se siente representado. Democracia indirecta por tanto, donde leyes orgánicas nacionales y otras que se le asemejan por ser de desarrollo estatutario no tienen el mínimo apoyo poblacional. Últimamente se vienen escuchando muchas voces reclamando una representación democrática más cercana con las listas abiertas, que sólo serían un paso: se elige a las personas que representan lo más cercano en pensamiento a uno -independientemente del partido- por cuatro años. Es también razonable entender que los votos acumulados a partidos o personas, también puedan representar a esas minorías que con mimo protege la Constitución; tan sólo es cuestión de sumarlos votos posteriormente para obtener escaño, al igual que forman gobiernos los partidos con programas contradictorios con solo aunar sus escaños. Plus de plus, lo más de lo más es que las leyes orgánicas o de aplicación estatutaria sea obligatorio la mitad del apoyo de las cámaras, y su porcentaje de representación directa. Es decir, si la mitad de los lectores no votan, se abstienen o votan en blanco, esos escaños correspondientes deberían estar vacíos durante toda la legislatura, como mandato del pueblo soberano. La opción es clara. La primera que no se podrá hacer leyes fundamentales u orgánicas. La segunda, que si no están conformes vuelvan a convocar otro referéndum. Otra más controvertida sería la convocatoria electoral a segunda vuelta, sólo para los electores que no hubieran votado -valorado voto-. Pensemos todo ésto con la famosa transitoria cuarta de la CE, con la que quieren manipular a Navarra unos cuantos.

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