¿Y si doña Letizia se queda embarazada?

La abdicación de don Juan Carlos convierte a don Felipe en jefe del estado y a la princesa Leonor en sucesora de don Felipe. De momento. Porque, ¿qué sucedería si doña Letizia se quedara embarazada?

O si don Felipe y doña Letizia se separaran y don Felipe tuviera más hijos con otra mujer.

O si los tuviera en cualquier caso de cualquier otro modo.

Pues resulta que el artículo 57.1 de la Constitución prevé que la sucesión de la corona recaiga sobre el hijo varón: «La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos».

Es decir, que si doña Letizia se quedara embarazada y resultara que se tratara de un hijo varón, el heredero sería este nuevo niño y no la princesa Leonor, aunque el niño fuera un bebé y la princesa tuviera 25 años y hubiera aprendido a conducir tanques y pilotar aviones (con escaso provecho, pensaríamos entonces).

Las alternativas dentro del actual marco constitucional son que o don Felipe y doña Leticia no tengan más hijos, que la corona pasara al hijo o que se abortara, cosa que de creer a su propio primo no sería la primera vez que decidiera doña Letizia.

Más complicado sería el asunto si la madre no fuera doña Letizia, sino –supongamos- una futura esposa que no quisiera abortar.

Ni siquiera hace falta esbozar nuestra maldad habitual para imaginar, dentro del decoro y las buenas costumbres, que doña Letizia, desgraciadamente, pudiera fallecer y, más adelante, don Felipe casarse con una mujer más joven.

¿Qué podría pasar entonces?

La alternativa más lógica sería cambiar la Constitución cuanto antes (se podrían haber aprovechado ya las Elecciones Europeas) para eliminar la absurda preferencia del varón sobre la mujer y ya de paso eliminar la Transitoria Cuarta (Rajoy prometió que la eliminaría en cuanto hubiera una reforma).

Podría argumentarse que la reforma constitucional, llegado el caso, podría realizarse después de que se produjera el embarazo y antes de que hubiera nacimiento. Pero el asunto podría ser litigioso porque, según nuestro derecho civil, “el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables”. Aunque bueno, ya sabemos que esto es un tanto vidrioso.

Claro que el Constitucional, llegado el caso, podría determinar cualquier cosa con la autonomía y el apartidismo que le caracterizan.

Que cada cual piense lo que quiera, pero no nos digan que la monarquía no es mucho más entretenida que la república.

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Un comentario

  1. No fastidien!

    Y que Rajoy cumpliera una sola de sus promesas electorales… Dónde se ha visto eso?

    Años llevo recordándolo, y años nos pasaremos llorando.

    Es lo que tiene votar Maricomplejines.

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