El movimiento libertario se ha caracterizado desde sus orígenes por su obstinación por la privatización de todo. Buen ejemplo de ello es la serie de libros publicados por Walter Block, que defenderá en sus sucesivos volúmenes la privatización de las carreteras[1], los océanos[2] y el espacio[3]. No obstante, su “moderantismo” es especialmente pujante a la hora de defender la desnacionalización del aire y su paso a manos privadas, que rechazará, alegando que se trata de un bien no económico.
El surgimiento de la propiedad privada, aparte de la justificación que varios libertarios quieren hacer de ella a partir del derecho natural, tiene una vertiente utilitaria como método de resolución de conflictos[4]. Como bien subrayan, los conflictos que surgen entre los seres humanos se deben esencialmente a la escasez. Los individuos hacen uso de los recursos escasos que la naturaleza pone a su disposición para alcanzar unos fines ilimitados. Sin embargo, dos personas distintas pueden ambicionar un mismo bien para emplearlo de maneras alternativas, surgiendo entonces el conflicto. Para ello nace la propiedad privada, para dictaminar qué individuo debe poseer el bien, y excluir al otro de su uso, y de esta manera resolver las pujanzas que pueden surgir entre los individuos con arreglo a la justicia.
Para comenzar, es menester tratar de forma sintética cómo se adquiere la propiedad. Parece existir cierta unanimidad entre los libertarios sobre la apropiación mediante homesteading, pese a que existan divergencias en su aplicación. No obstante, me quedaré con la teoría rothbardiana[5], al considerla la más correcta. Rothbard partirá de la autopropiedad o propiedad del cuerpo de cada individuo, y establecerá, por tanto, que como dueños de sus manos, también deben serlo de su trabajo, y por consiguiente, del fruto del trabajo. De este modo, el hombre se hace con la propiedad de la tierra virgen, “[by] mixing one’s labour with the land”.[6] En suma, la apropiación se produce trabajando la tierra previamente desocupada. Por trabajo, siguiendo a Block[7] se entenderá la impresión de la personalidad propia en la tierra (talar árboles, plantar cultivos, quitar las malas hierbas, construir caminos y vallas, iluminarlo, etc.), es decir, su modificación para incrementar su valor. Sin embargo, también cabrá preguntarse cómo de intensivo debe ser este trabajo (¿una planta cada metro? ¿cada 20 metros?). La respuesta será sencilla: la costumbre. La explotación es más intensiva, por ejemplo, en áreas de regadío que en las de secano, por lo tanto, para adquirir la propiedad será necesario un trabajo más intensivo en las áreas de regadío que en las de secano.
Definidos los términos de partida, podrá tratarse ya el tema del aire. En primer lugar, es necesario subrayar que el aire, al igual que el agua, presenta un problema esencial: no es estático. Es imposible discernir si el agua de un charco procede de la evaporación de mi piscina o del mar, al igual que no es factible saber si el aire contaminado que respiro procede de una fábrica en Madrid o Hong Kong (de aquí deriva la problemática de la persecución legal de la contaminación: es muy complicado descubrir su origen, y además, según Rothbard[8], es necesario establecer una causalidad estricta entre la contaminación y los problemas de la salud, la plantación, etc.). Por lo tanto, cuando hablamos de la propiedad del aire o del agua, no hacemos referencia al bien en concreto, sino al espacio donde se encuentra ese bien. De esta manera trato de refutar las críticas que suelen hacerse de que el aire no es un bien escaso, que efectivamente no lo es, ya que lo escaso es el espacio edificable y habitable de la Tierra, a saber, aquel entre la superficie terrestre y los 10km de altitud, pues por el momento la estratosfera no parece habitable. Al fin y al cabo, podría argumentarse que el agua de los océanos tampoco es un bien escaso, y no por ello no es posible privatizarlo. Siguiendo la tradición de la Escuela Austríaca, un bien deviene escaso cuando los agentes lo valoran subjetivamente como un medio para alcanzar ciertos fines, y no “están disponibles en abundancia superflua”.[9] Tanto el agua del mar como el aire se encuentran en abundancia superflua, y por lo tanto no pueden clasificarse como escasos.
A continuación, es preciso señalar para establecer el paralelismo con el aire cómo se adquiere la propiedad del océano. Block aplicará rigurosamente el principio del homesteading al océano y señalará que, al igual que con la tierra, es necesario mezclar el trabajo con el agua, y esto se lleva a cabo delimitándola, es decir, vallándola (boyas, cadenas, etc.). Por lo tanto, al definir la linde, se establece el derecho de exclusión sobre el espacio delimitado, no sobre el agua que se encuentre en el lugar. Aplicando este análisis mutatis mutandi al aire cabrá señalar que, al erigir dos muros, el aire inmediatamente en medio debería pasar a ser propiedad privada. Remarco que, al igual que no hay que techar el océano, tampoco es necesario establecer una linde superior para delimitar el aire de nuestra propiedad, ya que muchos libertarios sostienen que es necesario que el aire esté totalmente atrapado, por lo que sería necesario construir una cúpula. Por consiguiente, simplemente construyendo un muro para acotar el jardín, el aire que se encuentra, como mínimo, entre el suelo y una línea imaginaria trazada a la altura del muro debería, si aplicamos unos principios consecuentes, pasar a ser parte de nuestra propiedad, al igual que lo hace el agua del mar.
Por otro lado, no se puede obviar que sin la propiedad del aire no es posible disfrutar de la propiedad de la tierra. Si, según los socialistas del aire, este fuese un bien común y libre, cualquier persona podría entrar en mi propiedad con la condición de que no tocase el suelo, por lo que el derecho de exclusión quedaría eliminado de facto. Esto puede ilustrarse fácilmente con un ejemplo: si, gracias a la función empresarial se desarrollasen “skates voladores” (ya existe algún prototipo), cualquier persona podría pasearse en él por las propiedades ajenas, pues no estaría tocando el suelo y por tanto, simplemente estaría disfrutando de la propiedad colectiva del aire. Rothbard evidenció la problemática que esto cpodía causar, y afirmó, siguiendo a Prosser, que existía un derecho de propiedad sobre el aire inmediatamente encima de la propiedad terrestre en la “cantidad esencial para completar el uso y disfrute de la tierra”.[10] Desarrollando esta teoría, por ejemplo, necesitará más espacio una granja que una vivienda, ya que un avión o dron que sobrevuele la propiedad a baja altura puede causar serios problemas a la convivencia de los animales (nuisance). Se ha criticado esta teoría por considerarse arbitraria y no objetivable, pero al fin y al cabo presenta el mismo problema que todas las cuestiones que Block llamará de “continuum” (edad de consentimiento, edad para sacarse el carné de conducir, etc.), y es que no tienen una respuesta unívoca, por lo que tienen que ser los tribunales privados o la costumbre los que alcancen una respuesta (a modo de ejemplo, en la actualidad se encuentra en los 100m en la mayoría de países).
Además, la socialización del aire permite a un tercero robar parte de la propiedad privada a su dueño legítimo. Por ejemplo, si en una calle existiesen tres viviendas ajardinadas situadas una al lado de la otra, en la que Jones es propietario de la central y Smith de las otras dos, Smith podría montarse una hamaca en el jardín de Jones. Si Smith planta dos árboles, uno a cada lado de la propiedad de Jones, y atadas a las ramas cuelga una hamaca que caiga en la propiedad de Jones, Smith no estaría violando la propiedad privada de Jones, pues la hamaca estaría flotando en el aire, que no tiene dueño. Block argumentará que para remediarlo, Jones podría colocar un palo o una farola donde se encuentra la hamaca, de tal manera que Smith con su hamaca pasaría a violar la propiedad privada de Jones, pues su hamaca se encuentra en el lugar que ocupa un objeto físico, y por tanto privado. No obstante, si se aceptase la validez de esta premisa, se estaría vulnerando el principio de homesteading, por lo que se estaría cayendo en una contradicción.
A continuación es menester desarrollar este argumento. Como se ha expuesto previamente, mediante el homesteading se adquiere la propiedad de un territorio desocupado. Es necesario remarcar la palabra desocupado, pues sólo los primeros en llegar pueden ejercer el homesteading (first comers, first keepers). De tal manera que el primero en llegar sería Smith, pues como el aire no tiene propietario, estaría usando un espacio libre para instalar su hamaca, y Jones colocando su palo o farola estaría vulnerando el derecho a la propiedad privada de Smith, que como first comer ha desarrollado un mejor reclamo a ese espacio. Esto podría llevarse un paso más allá. Supongamos que Smith quiere comprar la casa de Jones. Podría aprovechar que el aire no tiene propietario para echar a Jones haciéndole la vida imposible. Smith podría tirar cuerdas de un lado al otro de su casa para que Jones tuviese que agacharse cada vez que saliese de casa, ya que si las tocase o rompiese, estaría vulnerando la propiedad privada de Smith, o incluso construirse una habitación en el jardín de Jones con la condición de que no tocase el suelo. Al fin y al cabo, sin propiedad privada del aire, sería necesario encapsular cualquier vivienda para poder ejercer el derecho de propiedad sobre la tierra sin disturbios, pero es probable que en esta cápsula no sobreviviesen las plantas, no entrase bien la luz, no se puediese respirar aire fresco, y una gran cantidad de problemas más que llevarían a la población a no hacerlo, estando en riesgo su propiedad. Sin propiedad privada del aire, no puede existir ninguna otra propiedad privada de facto.
Finalmente, concluimos por donde empezamos. La propiedad privada, en su vertiente utilitarista, es un mecanismo de resolución de conflictos. Como señalaba Hoppe[11], en el jardín del Edén los únicos bienes escasos son el espacio y los cuerpos de Adán y Eva, pues todos los bienes son superabundantes, por lo que los conflictos solamente podían surgir en caso de que ambos cuerpos quisiesen ocupar el mismo espacio, en cual caso el último en llegar debía buscarse otro lugar, y si uno agrediese contra el cuerpo del otro (violación, puñetazo, asesinato, etc.). Hoppe ya señalaba que el espacio debía regirse por alguna norma, pero como Adán y Eva no necesitaban, no era necesario establecer la propiedad privada, pues los únicos espacios que ocupaban eran los de sus cuerpos, que no eran fijos. Sin embargo, en el mundo real el ser humano ocupa la tierra y el aire con sus construcciones, por lo que es necesario establecer una regla que permita excluir a terceros, y esa regla no puede ser nada más y nada menos que la propiedad privada.
Referencias
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“The Privatization of Roads and Highways” de Walter Block.
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“Water Capitalism: The Case for Privatizing Oceans, Rivers, Lakes and Aquifers” de Walter Block.
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“Space Capitalism: How Humans will colonize Planets, Moons and Asteroids” de Walter Block.
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“¿Qué es el libertarismo?” de Stephan Kinsella.
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“La ética de la libertad” de Murray Rothbard.
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“Segundo tratado sobre el gobieno civil” de John Locke.
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“Libertarianism, positive obligations and property abandonment: children’s rights” de Walter Block.
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“Property, Causality and Liability” de Hans-Hermann Hoppe.
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“La acción humana” de Ludwig von Mises (capítulo IV.1.).
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“Law, Property Rights and Air Pollution” de Murray Rothbard.
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“The Economics and Ethics of Private Property” de Hans-Hermann Hoppe.