Si usted compra deuda de la CAN, le está prestando dinero a la CAN; es decir, se convierte en acreedor de la CAN. Como todo prestamista, usted entrega dinero a la CAN a cambio de que, en un plazo, ésta le devuelva el principal más unos intereses pactados. Lo que distingue a la deuda secundaria o subordinada es que, si ocurre lo impensable, usted estará por detrás de los acreedores comunes en el orden de prelación a la hora de cobrar. Se trata por tanto de una deuda más arriesgada y, por consiguiente, también se le exige un interés más alto.
La oferta de la CAN.
Según publica Expansión, la CAN explica esta emisión por la necesidad de “impulsar su crecimiento en un entorno de consolidación sectorial inminente”. La emisión se realizará a un plazo de 10 años, con posibilidad de cancelar a partir del quinto, y un tipo de interés que cambia a lo largo del plazo.
– Los dos primeros años, el tipo a aplicar será del 6,25% (6,40% TAE).
– Los tres siguientes, el Euribor a 3 meses + el 3%, con un tipo de interés mínimo del 4% (4,06% TAE).
– Los cinco últimos años, el tipo será el Euribor 3 meses + el 3,5%, con un mínimo del 4% (4,06% TAE).
Les decíamos que todo esto nos habla del estado de salud de la CAN, puesto que el tipo de interés al que puede prestar dinero se encuentra directamente relacionado con la percepción que tiene el mercado de su estado de salud. Cuanto peor es la salud financiera de una entidad, mayor es el interés que exige el mercado por correr el riesgo de prestarle dinero.
La deuda subordinada de La Caixa.
En este sentido, nos ha parecido interesante comparar la deuda subordinada de la CAN con la que también muy recientemente ha emitido La Caixa, también a 10 años. Los diferentes tipos de una y otra emisión, nos ponen en la pista del riesgo que el mercado percibe en una y otra entidad. Naturalmente hablamos de La Caixa, que comúnmente es percibida como una de las cajas más solventes. He aquí los datos de su emisión para compararlos con los de la CAN:
– El primer año una rentabilidad del 6%.
– Los otros 9 años, el Euríbor a 3 meses más el 2%.
Se determinó un tipo de interés mínimo del 4% TAE pero también un máximo del 6,5%.
El primero se refiere a la colocación de deuda secundaria a 10 años que, por ejemplo, realizó Caja Madrid a finales del 2006, antes de la crisis. El interés fue entonces el Euribor a 3 meses más el 0,27% durante los 5 primeros años, y el Euribor a 3 meses más el 0,77% los 5 siguientes. Asusta pensar que las cosas hayan cambiado tanto en tan poco tiempo.
El segundo es simplemente la rentabilidad de las obligaciones del Tesoro a 10 años de ayer, que era del 4,06%.
Juzguen ustedes mismos.