1) Frente a un fracaso escolar promedio en torno al 30%, las cifras de fracaso escolar en los colegios que ofrecen educación diferenciada oscilan entre el 5% y el 8%. 2) En Gran Bretaña, tres de los cuatro mejores colegios del país son “single-sex”. 3) En los EEUU, sólo el 2% de las chicas estudia en centros diferenciados, pero luego representan un tercio de las directivas en las 1.000 mayores empresas. 4) En Navarra, dos de los tres colegios con mejores resultados en selectividad son centros diferenciados. ¿Son todo ventajas? Seguramente no. Usted no esta de acuerdo. Tiene su propia opinión. Nunca llevaría a sus hijos a un centro de educación diferenciada. Vale, pero no lo imponga a los demás. Que de lo que se trata en el fondo no es de defender la educación diferenciada ni la mixta, sino la libertad de elegir entre una u otra.
Utilizar el dinero de todos para castigar al que piensa diferente
Frente a estos cuatro datos, cuatro elementos absurdos de esta polémica. 1) Que la izquierda judicial, en el fondo, venga a avalar la vieja política de tratar de convertir los centros públicos, que deben ser neutrales (o no, pero entonces libremente elegidos así por los padres), en una red de colegios con ideario progresista. 2) Que el gobierno recaude el dinero de todos, sean cuales sean sus ideas, y a la hora de repartirlo discrimine y segregue en función de la ideología, castigando y excluyendo a los que no piensan como él. 3) Que el gobierno dificulte en vez de facilitar el libre acceso a los colegios que mejores resultados académicos obtienen y que ostentan menores tasas de fracaso escolar. 4) Que para poder elegir la educación de los hijos de manera realmente libre haya que tener un elevado nivel de ingresos (el que paga un colegio privado paga antes y además la educación pública). Solución a todo lo anterior: cheque escolar. No podrá imponer a nadie ningún modelo educativo, maldita sea, pero a usted tampoco nadie se lo impondrá jamás.
12 respuestas
Buenos dias,
Hace un tiempo se planteo la idea de reformar la constitución mediante referendum para que la mujer no fuese discriminada en el acceso a la corona. Sin embargo no se hizo ya que se temia, y cero que con razón, que la respuesta fuese tomada como un monarquia si o no.
Pues con la educación diferenciada pasa lo mismo. No importa si es buena o mala, si da mejores resultados o no. Lo que importa es que la gran mayoria de las casi 100 instuticiones que han optado en España por este tipo de educación tienen alguna relación con el Opus Dei.
No se si es cierto o no, pero me dijeron en su momento que Alfonso Guerra habia dicho que mientras el fuese vicepresidente del gobierno de España, la universidad de Navarra no tendria nuevas titulaciones. ¿Era porque la universidad no daba la talla? ¿O era por otras «razones»?
Es una pena perder el tiempo en discusiones que no van al fondo del asunto
Con la.salvedad de que parte de los resultados obtenidos en esos colefios tenga relación directa com el nivel económico de los padres, lo que xuenta como dice nuestro Vecino es «la libertad por encima de todo»…y se acaban las discusiones con el cheque escolar. Pero la izquierda no le tiene miedo a la libertad… le tiene pánico, un pánico horrible.
Así nos va.
Se te han adelantado ciudadano caña! Qué ha pasado? A qué hora te levantas para comentar todo siempre el primero? O no duermes?
Yo soy muy fan tuyo, aunque nunca entiendo lo que pones
Cito a Cristina Losada:
«Si las clases de sólo chicas o chicos producen sexismo, el buen progresista tendrá que explicar cómo las familias de un solo sexo se libran de generar predisposición tan lamentable. A fin de cuentas, la familia influye en la formación tanto o más que la escuela. Por qué privar ahí a los niños de la beneficiosa pluralidad en materia de sexos. De hecho, por esos derroteros van los oponentes de la adopción por parejas homosexuales. Pero se trata de una contradicción que han de resolver los progres por sí mismos.»
A mi no me vale la defensa de la enseñanza diferenciada porque Obama la esté promoviendo (también lo hace con el aborto) porque procure mejores resultados académicos, que unos estudios avalan y otros desmienten. Por no decir que evaluar la educación media por sus resultados exclusivamente académicos es reduccionista.
Menos me gusta que la defiendan los centros como quien defiende su chiringuito, en vez de pasarle la patata a los padres, que son los verdaderos perjudicados si se rescinden los conciertos…
Y es que, en definitiva, me molestan quienes pretenden imponer uno u otro modelo sin tener en cuenta que hay un valor superior a los intereses ideológicos, que es la defensa de la libertad de educación.
No me vendan argumentos peregrinos: yo solo les compro la libertad de los padres para escolarizar a sus hijos en el modelo que les venga en gana.
Completamente de acuerdo Ciudadano.
Esto no es un problema ni político, ni de resultados, ni económico… Es un problema de LIBERTAD. Y punto.
Y aquí la Libertad, a muchos, les asusta. Entre otros, a los colegios. Por más que digan.
y lo que se ahorran los padres al comprar la tela de las faldas de las niña quinceañeras que?, porque si fuesen con chicos tendrían que invertir más en tela.
Y ahora en serio. Hay una legalidad que hay que cumplirla. No vale hoy me interesa y la cumplo, hoy no me interesa y la incumplo. Y si no estoy de acuerdo tendré que poner todos mis medios para cambiarla de forma legal, por supuesto.
Bueno, soy nuevo en NC. Mi primera contribución viene de a mano del Prof.Martínez López-Muñiz, Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Valladolid. Esta es su opinión,que yo suscribo al 100%.
#1
La Sección 4ª de la Sala 3ª del Supremo ha hecho unas sentencias -por mayoría- que incurren manifiestamente en el dislate:
1. Principalmente sostienen que la prohibición de discriminación por razón del sexo en la admisión a centros sostenidos con fondos públicos, que se explicitó en el artículo 84.3 de la LOE en 2006, comporta que no pueden haber centros concertados single-sex. Pero eso lo dicen después de afirmar que los centros single-sex o de educación diferenciada por el sexo son perfectamente legítimos y no discriminatorios, como ya lo había dicho el propio Supremo en 2006, apoyándose en el art.2 de la Convención de 1960 de la UNESCO contra la discriminación en la enseñanza (ratificada por España en 1969 y de valor hermenéutico constitucional ex art. 10.2 CE). Con lo que resulta que una misma realidad puede ser, según esto, a la vez, discriminatoria y no discriminatoria. No explica el Supremo cómo es esto posible. Es su principal e insalvable contradicción, como muestra certeramente el voto particular discrepante del magistrado Martí. El Consejo de Estado y los TSJ de Galicia, Castilla y León, Andalucía y Asturias razonaron que, obviamente, el art. 84.3 LOE no se opone a los conciertos con centros de sólo chicos o de solo chicas si se cumplen las condiciones del art. 2 de la Convención de 1960.
2. Aunque con menos trascendencia para el fallo, se sostiene la inaceptable tesis de que con las libertades públicas -como la del art. 27.6 CE- sólo se puede hacer lo que diga la ley que se puede hacer, de modo que una libertad puede ser restringida incluso por vía reglamentaria si esa restricción se refiere a una posibilidad de actuación que la ley (en su caso orgánica) competente para su regulación no reconoce expresamente como del contenido de esa libertad. Lo que contradice abiertamente unos de los fundamentos más importantes del Estado de Derecho.
3. También sin relevancia práctica para el fallo -solo indirecta- se deja caer que caben subvenciones o financiaciones públicas de las libertades públicas no económicas (enseñanza, asociación política o sindical, expresión, etc.), sometidas a condiciones en cuanto al modo de ejercer estas, de modo que esas actividades respondan mejor «al interés general». Es difícil entender que el Supremo haya caido en la cuenta de la gravedad de semejante afirmación.
Es de esperar que los interesados acudan en amparo al Tribunal Constitucional y que este aprecie la evidente trascendencia constitucional que tienen todas estas cuestiones y alguna más, implicadas en la lesión inaceptable que con tales criterios se está produciendo en el derecho a la educación en libertad garantizado en la Constitucion Española.
Para un desarrollo más amplio de todas estas sucintas ideas, remito al trabajo que sobre «Escolarización homogénea por razón del sexo y derecho fundamental a la educación en libertad» acaba de publicarse al término del mes de junio, en la Revista Española de Derecho Administrativo, núm.154, págs. 71 y ss.
Para Iván10:
Ojo, Iván, no confundas Derecho con Ley.
Ojo, Iván10, No cualquier contenido posible en una ley es Derecho. Si atenta contra los derechos fundamentales, es decir, si atenta contra la Justicia, Suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo), como decía Ulpiano, no es derecho.
Lo contrario es caer en el positivismo jurídico, que es el cáncer de nuestro derecho hoy en día.
Ojo, Iván10, que la calidad democrática de un Estado se mide por la tutela de sus minorías, que -logicamente- no conseguirán modificar las leyes en el Parlamento.
Ojo, Iván10, que hoy es la diferenciada, y mañana podrá ser algo que tu aprecies mucho…y entonces tu argumento -mal que te pese- se vendrá en tu contra.
Sr. Ulpiano: me parece muy bien acordarnos de las minorias pero tendríamos que hacerlo siempre y no sólo cuando somos nosotros los que estamos en minoria.
Sr. Ivan10: Yo seré el primero que le asistiré como abogado si sus derechos son conculcados por cualquier Poder Público. Y si mis servicios profesionales no son necesarios (pues hay muchos y muy bueno compañeros), seré también el primero en votar en cualquier sede para la tutela de sus derechos y de los de todos.
Y puede estar tranquilo, en mis publicaciones defiendo los derechos de las minorias, y de quienes no piensan como yo.
Ut Valeas!