Antes de entrar en lo que la sentencia del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo ha dicho, paradójicamente interesa reseñar lo que no dice la sentencia, para poder situarnos.
El tribunal no dice que los etarras son buenos.
El tribunal no dice que los etarras no tengan que estar en la cárcel.
El tribunal ni siquiera dice que las penas a los etarras sean duras o que no pudieran ser mucho más duras.
Lo que dice es que lo hemos hecho mal a la hora de castigarlos.
Porque primero les hemos puesto una pena muy blanda.
Y luego hemos querido arreglarlo haciendo un apaño fulañero, que es el que el tribunal ha declarado ilegal.
El origen del problema data del Código Penal de 1973. Este código establecía una pena máxima de 30 años y un sistema de un día de redención de pena por cada dos de trabajo. De esta manera, resultaba primero que terroristas condenados a cumplir condenas de cientos de años en ningún caso podían cumplir más de 30, y segundo podían salir de la cárcel cumpliendo apenas 20 al descontarse de los 30 los beneficios penitenciarios por redención de pena.
Indirectamente también provocaba el efecto de eliminar el principio de proporcionalidad de la pena, estableciendo de hecho una tarifa plana para el crimen en virtud de la cual penalmente casi daba igual matar a uno que a ochenta.
Esta situación se prolongó hasta 1995, año en que se reformó en profundidad el Código Penal incluyendo este asunto. Es decir, que todos los casos que ahora representan un problema datan de ese período comprendido entre 1977 (tras la amnistía general que se produjo aquel año) y 1995.
La situación eclosionó en 2006 en el momento en que los primeros etarras juzgados por el código del 73, en virtud de aquel código y aquel sistema de redención de penas, tenían que empezar a ser liberados.
Puesto en la tesitura de tener que poner en libertad al terrorista Henri Parot, autor del atentado contra una casa cuartel en Zaragoza en el que murieron 11 personas, tras tan sólo 16 años de haber estado encarcelado, el Tribunal Supremo lo evitó creando la “doctrina Parot”. En virtud de esta doctrina el tribunal interpretaba que las redenciones de pena por beneficios penitenciarios no debían descontarse de los 30 años de pena máxima efectiva, sino del conjunto de todas las condenas que, en el caso de los terroristas más sanguinarios, podía alcanzar centenares de años.
La doctrina Parot no sólo evitaba la excarcelación de etarras sino de otros delincuentes particularmente peligrosos, incluyendo asesinos en serie o violadores reincidentes.
No obstante, si analizamos la secuencia de los hechos, lo que tenemos es un Código Penal ridículamente desequilibrado a favor de los criminales. Pero ése fue el Código Penal que mantuvieron sucesivos gobiernos entre 1977 y 1995. Es decir, que algunos de nuestros bienamados políticos, particularmente los del PSOE, decidieron mantener durante 18 años ese código particularmente blando con los terroristas, duro con las víctimas y peligroso para la sociedad.
No es culpa del tribunal europeo que eligiéramos ese código.
En el año 77, en el 82, o en cualquier otro momento anterior al 95, podíamos haber implantado la cadena perpetua revisable, como en Francia o Alemania, y hubiera sido perfectamente legítimo.
En vez de eso mantuvimos el código del 73 y más tarde, muy en línea de nuestra peor reputación de improvisadores y chapuceros, al llegar las consecuencias del desastre hicimos un apaño fulañero para intentar paliar las consecuencias de una previa política penal catastrófica.
El problema es que aquel apaño no fue legal. Uno puede elegir, legítimamente, imponer una pena de 10, 20 u 80 años a un terrorista. Lo que no puede hacer es ponerle una pena de 10 años y, transcurridos esos 10 años, dándose cuenta de que era una pena muy pequeña, intentar cambiarla por otra de 20. Eso es lo que el Tribunal de Derechos Humanos ha determinado que no se puede hacer. Y es por eso por lo que los etarras detenidos en Francia pueden estar condenados a penas más duras que en España con la bendición apostólica del Tribunal de Estrasburgo.
Lo que el Tribunal de Derechos Humanos ha dicho, por tanto, no es que los etarras sean buenos, ni que merezcan penas inferiores a las que se les impusieron, ni que los etarras de la promoción del 94 sean mejores que los de la promoción del 95, sino que nosotros fuimos tontos.
Las responsabilidades igual no hay que pedirlas entonces en lejanas capitales europeas, sino mucho más cerca.
Y ahora a ver cómo lo arreglamos.
27 respuestas
Una pregunta: ¿Para qué propuso y promocionó el PSOE a López Guerra, como Magistrado en el dichoso tribunal de Estarsburgo?. Hago esta prgunta porque López Guerra, miembro del PSOE, que fue Diputado en la Asamblea de Madrid, había estado representando al gobierno ZP en el mal llamado proceso de paz, donde parece quese acordó con los etarras suprimir la doctrina Parot.
Por otro lado, leo en este foro a quienes se resignan con rabia, asco y pena a aceptar la sentencia del tribunal europeo, y a quienes dicha sentencia les produce, en este caso, verdadera alegría aunque intenten disfrazar su postura con sesudos planteamientos jurídicos de cajón.
Perdonen Vds.
En mi anterior comentario he puesto al Magistrado López Guerra como representante de ZP en el proceso de paz; en realidad el que participó en el mismo fue el actual vocal del Consejo General del Poder Judicial Manuel Gómez Benítez. A López Guerra lo guardó el PSOE para mandarlo a Estrasburgo con el fin de cumplir compromisos adquiridos por ZP.
Seguridad jurídica…… pamplinas. Aquí hace cuarenta años que no hay seguridad jurídica para la gente decente y honrada.
Lo que hace falta es dejar de callar como corderitos y pasar a la acción política directa. Hay que dejar de votar a los partidos que sostienen este sistema ignominioso y apostar por otros como AES, CTC, DNE,etc que tendrían que unirse en coalición para hacer frente común.
Las cosas claras…¡LIBERTAD, DIGNIDAD Y JUSTICIA!
De lo que nadie parece que se acuerda es de gente como Rodriguez Galindo, Amedo Fouce y sus responsables directos que aprovechándose de sus puestos también asesinaron saliendo casi libres y siendo posteriormente indultados por el gobierno de turno.
Algo que se aplica no en función de la ley, sino en función del afectado no es justicia sino una ….
Es muy raro lo que me está ocurriendo con los comentarios que realizó en este medio. Ayer uno me desapareció, otros no aparecieron, me imagino que por problemas técnicos. No quiero pensar que también aquí hay censura previa en razón del contenido del comentario.
Navarrisimo : Paracuellos, Carrillo…¿pero de qué siglo vienes? Yo sigue teniendo dentro mucho odio y rencor (si, odio) a todo lo etarra, ni olvido ni perdono. Pero mi odio no puede condicionar la política(salvo por mi voto) del país ni las resoluciones judiciales. Si por mi fuera no saldrían nunca pero afortunadamente yo no mando.
Tomate el valiium galta va por el tuiter de IE que no evoluciona con las víctimas del franquismo,y alabando el veredicto de Estrasburgo.Comunistas que se alían con los asesinos igual que la peor de las historias de asesinatos múltiples que todos conocemos,Paracuellos,Polonia,Rusia,etcs.
Me alegra coincidir con NC en este punto. Y me alegra que tengan la valentía de desmarcarse de la opinión imperante que hace parecer al TEDH como un grupito de gente irracional y desalmada más preocupada por las víctimas que por los asesinos.
Y en la formación de esa opinión mayoritaria me parece ver la mano del poder mediante el hábil truco de cambiar la cuestión debatida -si se pueden cambiar las reglas a mitad del partido- por la de «no pueden tener la misma condena un asesinato que 25».
Tenía razón quien dijo eso de que contra el terrorismo no caben atajos.
Chapuza a la española la doctrina Parot, que quizás en sus inicios fue redactada malintencionadamente a sabiendas de que tarde o temprano sería tumbada por KO. Eso es lo que da a pensar, sino no entra en la cabeza de nadie que sepa razonar. Pero estimados contertulios, ustedes no se preocupen, todas las leyes de tráfico están perfectamente redactadas para que ningún ser humano nos libremos de pagar las denuncias que nos puedan caer del cielo. Nuestros déspotas gobernantes solo crean leyes perfectas para estrangularnos a base de impuestos, bajadas de sueldos, de pensiones, recortes, aumento de la edad de jubilación, etc. Leyes que joden y enpobrecen sin misericordia a los ciudadanos honrados. Ayer quedó demostrado que en eso que llaman Europa la justicia solo es misericorde con los maleantes.
Quizás ha llegado el momento de que los españoles denunciemos ante el Tribunal de Derechos de Estrasburgo todo lo anterior que les he expuesto. Pero como no somos etarras, nos darán por el cu……..lo.
En primer lugar, no se trata de cambiar la pena una vez impuesta, sino de cambiar la forma de contabilizarla. Los beneficios penitenciarios se aplican individualmente en función de las acciones de los reclusos. Por lo tanto, la doctrina Parot no cambia la ley, sino un reglamento de aplicación. Sobre esto no se había pronunciado Estrasburgo antes, y no debería haberse pronunciado esta vez si desde España nos e le hubiera solicitado que lo hiciese.
En segundo lugar, ¿qué evidencia hay de que la recurrente haya realizado las acciones que le hacen merecedora de los beneficios penitenciarios que reclama?. Porque si no las ha realizado no debería tener derecho a ellos.
Por último, ¿hay aluna evidencia de algún tipo de que esta recurrente se haya reinsertado?. Es decir, ¿hay evidencia de que haya abjurado de su comportamiento asesino?. Y, fíjense que no hablo de sus ideas, que pueden ser lo equivocadas que queramos e, incluso, lo peligrosas que queramos porque se deslicen inexorablemente hacia el crimen (a la luz de la amplia experiencia al respecto). Me refiero únicamente a la justificación del crimen como acción no punible (que es lo que, a fin de cuentas, solicita).
P.D.: yo entendía que el Supremo era la última instancia en España. Después, por la vía de los hechos, hemos visto que lo es el constitucional. Y, ahora, parece que lo es Estrasburgo. ¿No hay nada más allá?
Vamos a ver: con esto de la «doctrina Parot» hay un lío monumental que, incluso, está contaminando a los redactores del presente artículo de NC.
En este artículo de NC se dice que «Lo que no puede hacer es ponerle una pena de 10 años y, transcurridos esos 10 años, dándose cuenta de que era una pena muy pequeña, intentar cambiarla por otra de 20». Esto da a entender que lo que se hizo fue cambiar una Ley y aplicarla de forma retroactiva sobre un hecho ya juzgado pero, en realidad, no fue así. Lo que hizo el Supremo en 2006 con la doctrina Parot, no fue modificar la Ley (el Código penal) sino aclarar cómo debía aplicarse la reducción de penas por beneficios penitenciarios (trabajo, estudios, etc.) a la luz del Código Penal de 1973, informando -que no instaurando- de que las redenciones por beneficios penitenciarios que se aplicasen a un penado se debían realizar sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento, de 30 años. O sea, el Supremo no implantó una nueva norma (no modificó el Codigo penal sustituyendo el de 1973), porque no tiene potestad para eso, lo que hizo fue dar instrucciones para aplicar la reducción de penas.
Por lo tanto, la decisión de acatar (o no acatar, como hizo en su día el Reino Unido) la sentencia de Estrasburgo será una decisión totalmente política del actual Gobierno, lo mismo que fue política la decisión de ZP de poner al Magistrado López Guerra (contrario declarado a la doctrina Parot) en el dichoso Tribunal de Derechos Humanos para hacer realidad el compromiso adquirido con la ETA.
Por otro lado, decirles a todos esos que defienden por aquí la repugnante equidistancia entre víctimas y verdugos, que las primeras no tuvieron libertad para convertirse o no en víctimas, mientras que los asesinos se apuntaron al terrorismo de ETA con absoluta libertad. Por lo tanto, todos esos equidistantes o equidistantas no son más que unas pobres gentes atrapados por el relativismo moral que, extendido por la ideología socialista, se ha instalado en nuestra sociedad.
Se están interpretando todos los actos del guión en perfecto orden gracias al bobo solemne observador de nubes. Bildu y Sortu legalizados, Bolinaga, De Juana y otros etarras paseándose libremente por las calles. El siguiente acto será la entrega de Navarra. Por dios, despierta de tu aletargamiento Navarra, todavía estamos a tiempo. Las próximas elecciones forales no sólo decidirán quien ocupa la presidencia, decidirán si el FUTURO DE NAVARRA SERÁ TAL Y COMO ES HASTA AHORA. Siglos de historia de Navarra se pueden venir abajo en cuestión de meses.