La pena de los yihadistas

Polémica en torno al acuerdo alcanzado por el PP y el PSOE, al que se han sumado otras fuerzas políticas, en defensa de las libertades y en la lucha contra el terrorismo. Un pacto que por primera vez ya no se enfoca tanto hacia la ETA como hacia el yihadismo.

El centro de la discusión se refiere a la aplicación de la cadena perpetua revisable y si el PSOE, contrario a esta pena, la acepta o no al apoyar este pacto, que literalmente dice lo siguiente:

Acordar que, tal y como ha venido recogiendo nuestro ordenamiento jurídico, a los delitos de terrorismo con resultado de muerte les será siempre aplicable la máxima pena privativa de libertad recogida en el Código Penal.

Cuando gobierne el PP, por consiguente, la máxima pena será la cadena perpetua y cuando gobierne el PSOE será otra.

Quizá en todo caso no interese tanto si el PSOE es coherente o no o si se va a generar un nuevo galimatías legal como una pequeña reflexión general sobre la propia cadena perpetua.

Paradójicamente, la oposición a la cadena perpetua suele venir de la mano de la defensa del derecho a la reinserción. Paradójicamente porque, ¿qué sucede si alguien no se reinserta nunca? Si el delincuente debe permanecer en la cárcel tanto tiempo como el necesario para reinsertarse, entonces quizá un violador o un asesino en serie deberían salir a los 5 días de ser detenidos, o bien quedarse en la cárcel toda su vida. «Hasta que alguien se reinserte» es un plazo indefinido, que bien puede ser infinito, por lo que le cuadra perfectamente con el concepto de cadena perpetua revisable.

Obviamente no parece que alguien que ha asesinado a su suegra deba salir a los 5 días a la calle, alegando que nunca más podría odiar a alguien tanto como a su suegra y que ya está listo para reinsertarse. Seguramente todos admitimos por tanto que hay otros factores además de la reinserción del delincuente a tener en cuenta en el establecimiento y cumplimiento de las penas. Al menos tres más: la reparación a las víctimas, la disuasión y la seguridad de la sociedad, que no tiene por qué soportar que determinados individuos particularmente peligrosos anden sueltos por la calle para volver a matar o violar.

De hecho hay un argumento a favor de la pena de muerte, aunque no es lo que aquí se discute, basado en la afición del pensamiento progresista a poner delincuentes en la calle. Desde cierto punto de vista, la única garantía de que determinados criminales no gozarán de inasumibles beneficios penitenciarios o recortes de condena es eliminarlos.

Paradigmático resulta por ejemplo el caso del etarra Iñaki Bilbao, condenado en 1983 a 52 años de cárcel como miembro de un comando de ETA. No obstante fue puesto en libertad en el año 2000 y cometió un asesinato en el año 2002.

Todo el mundo piensa en los inocentes que pueden ser ejecutados por error con la pena de muerte, pero el caso de Iñaki Bilbao trae a colación los casos, mucho menos ventilados, en que es la puesta en libertad de un criminal lo que cuesta la vida a un inocente.

También pone de manifiesto la farsa proetarra relativa al totalitarismo del estado español que, en su acomplejamiento, ha llegado a permitir que haya etarras que hayan salido de la cárcel para volver a asesinar.

En el caso de los yihadistas hay otro punto de meditación en torno a la pena de muerte.

Es habitual que el terrorismo islámico tome rehenes y amenace con ejecutarlos si no se pone en libertad a yihadistas presos. Es decir, dejar vivos a los terroristas islámicos supone el riesgo de que alguien secuestre un avión exigiendo su liberación.

Pero estábamos hablando de la cadena perpetua.

Si alguien pertenece a una organización terrorista o criminal, tiene poca lógica ponerlo en libertad mientras esa organización siga existiendo y pueda volver a reintegrarlo en sus filas. Como evidentemente no se sabe cuándo se puede acabar con una organización terrorista, lo razonable para los asesinos de estas organizaciones es encarcelarlos indefinidamente. Es decir, aplicarles la cadena perpetua.

Ayer mismo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos avalaba la legalidad de la cadena perpetua revisable en el Reino Unido. La cadena perpetua, de hecho, es la norma y no la excepción en los países de nuestro entorno.

Recordarán ustedes que la derogación de la «Doctrina Parot» supuso la liberación de una serie de etarras y violadores. Varios de ellos ya han vuelto a ser detenidos como sospechosos de agresiones y abusos sexuales. Y uno de ellos como posible autor de un asesinato. ¿A qué gobernantes o magistrados biempensantes tienen las nuevas víctimas que agradecérselo?

El pacto antiterrorista alcanzado, no obstante, aborda muchos otros apartados interesantes y necesarios, al margen de la cadena perpetua que ha focalizado casi todo el interés del aparato mediático. Por ejemplo la persecución de aquellos que viajan a hacer la yihad a terceros países y vuelven después a nuestro territorio.

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Un comentario

  1. Con la cadena perpetua revisable, ETA se habría acabado mucho antes, y habría sido menos dañina, pero los políticos de izquierdas miraban con mejores ojos a esos hijos de Sabino que a muchas de sus víctimas, y como prepodemitas que se precien, no podían legislar contra los de sus cuerda ideológica.
    A ver si ésta es la definitiva. Y el PSOE no vuelva nunca al poder para quitarla, cosa que por cierto disfrutan los países europeos de nuestras cercanías, y a los que se supone que debemos y queremos parecernos.

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