La derrota de la EPC puede haber empezado en España en un colegio de Bollullos del Condado. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de tumbar el libro de texto de EPC de la editorial McGraw Hill por considerarlo adoctrinador. EL Tribunal, consecuentemente, ha liberado al alumno objetor tanto de la obligación de estudiar como de examinarse de la asignatura. El libro de McGraw es un viejo conocido de Navarra Confidencial, algunas de cuyas afirmaciones claramente adoctrinadoras fueron señaladas junto con las de muchos otros manuales.
Aunque el Pleno del Tribunal Supremo estableció (STS 11-2-09) que no cabía un derecho general a la objeción de conciencia en el ámbito educativo, la sentencia recuerda que esa misma resolución del Tribunal Supremo también estableció que el hecho de que la asignatura de Educación para la Ciudadanía sea ajustada a derecho y que el deber jurídico de cursarla sea válido «no autoriza a la Administración educativa, ni tampoco a los centros docentes, ni a los concretos profesores, a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad española son controvertidas».
¿Qué es adoctrinar?
La sentencia determina qué se produce adoctrinamiento “cuando se explican varias doctrinas pero se señala una como la correcta y las otras como erróneas, o cuando se explican de tal forma que, para el examen una de las doctrinas es la respuesta acertada y las otras no, o por último, cuando en las explicaciones se ridiculiza una doctrina determinada en provecho de otras”
El libro de McGraw es adoctrinamiento
La sentencia considera “claramente adoctrinador” el contenido de este manual y la exposición de los temas, porque aún presentado varios enfoques posibles sobre asuntos controvertidos, “unas veces de manera directa y otras indirecta”, toma uno de ellos para presentarlo como “principal opción moralmente aceptable en detrimento de las otras concepciones de la sexualidad que se presentan y exponen como trasnochadas, represivas e incluso desde la realidad social presente “inmorales” y en tal sentido transgrede la libertad ideológica y el derecho de los recurrentes a educar a su hijo en sus convicciones morales y religiosas –la católica- que por otra parte corresponden a la mayor parte (79,7%) de la sociedad española”
Adoctrinamiento sexual
Entre algunos de los contenidos adoctrinadores señalados por la sentencia, podemos encontrar afirmaciones como que “la fidelidad es deseable, pero no imprescindible”, que “la mayor parte de las llamadas perversiones sexuales carecen de sentido”, pues la conducta humana se caracteriza “por su variedad y su multiplicidad de formas”, que “como la gelatina, la sexualidad no tiene más forma que la de su recipiente, en este caso, un recipiente de significados y normas sociales históricas”, o que “la mayor parte de las personas tampoco poseen una única tendencia sexual concreta y definida”, y que “el que más y el que menos, junto con una inclinación predominante, posee otras de mayor o menor intensidad” (sic).
Adoctrinamiento económico
Además del adoctrinamiento sexual, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía denuncia que “aparecen desperdigados por todo el libro estereotipos económicos respecto de ciertas instituciones como las empresas, las multinacionales o la banca, genéricamente como antítesis de los valores de solidaridad y de igualdad, causantes de gran parte de los pasados y actuales problemas de pobreza, imponiendo sus ideas usando arbitrariamente los medios de comunicación o mass media. Asimismo trata el modelo neoliberal (“resulta funesta para las economías débiles: para los obreros en general y, en especial, para los más pobres, pag 219”) de manera culpable, o en ese sólo sentido sin aludir a los supuestos beneficios del mismo y sin citar a las economías colectivistas cuyo modelo ha regido países de Europa y aún se dan en determinados países de ideología comunista”.
Y decían que no había adoctrinamiento
Aunque se trata de una sentencia todavía recurrible, nos encontramos ya ante una resolución judicial de un Tribunal Superior de Justicia que confirma el carácter totalmente sesgado desde el punto de vista ideológico de uno de los manuales de la asignatura. Se trata de una victoria para los objetores, a menudo denostados por los partidarios de la asignatura, y un varapalo para aquellos que apoyaban la asignatura negando escandalizados que los manuales pudieran contener adoctrinamiento e ideología. Según esta sentencia resulta que ese carácter adoctrinador sí existía.
Un comentario
Vale, son ejemplos de pronunciamientos sobre cuestiones morales. Pero ¿no lo serán también otros que se formulen en sentido contrario, posiblemente más grato a nuestros oídos, pero también adoctrinadoras.
En realidad, si lo piensan, cualquier postura, implica una elección. SI me manifiesto a favor del matrimonio indisoluble ¿estoy diciendo que es malo el divorcio? Si digo que la fidelidad de los cónyuges es un valor a conservar, ¿no estoy diciendo indiredtamente que otras formas de unión que no consideren la fidelidad son menos valiosas? Y esto ¿no es una forma de adoctrinamiento?
Y qué decir de valoraciones sobre la banca? ¿quién de nosotros -conla que está cayendo- no se escandaliza del egoísmo y la soberbia de los que dirigen esas entidades, muchas veces en claro perjuicio de la mayoría de la gente, y con una imprudencia que nos está costando tremendamente cara? ¿Pensar que los responsables de los bancos que nos han lanzado esta burbuja son unos caraduras que tendrían que pagar por sus decisiones es doctrinario?
Oigan, contra el modelo neoliberal se ha pronunciado la autorizada doctrina de la Iglesia (Benedicto XVI critica la falta de moralidad que ha desencadenado la crisis, y la que ha llevado a rescatar a los bancos y no a los hombres) ¿esto es doctrinario? ¿No se puede enseñar? ¿O es bueno si lo enseña el Papa y malo si lo pone la McGraw?
Oiga, esta sentencia que citan Uds. me parece el culmen del relativismo… o sea…¿que todo vale igual? ¿lo unico que hay que hacer es enumerar las posturas, y no cabe efectuar valoración alguna sobre cada una?
Me lo expliquen, que no lo entiendo…