El Concurso de Acreedores es un procedimiento establecido para hacer frente a la insolvencia. Dicho procedimiento trata de organizar el patrimonio del concursado para que el mayor número de acreedores cobren lo máximo posible.
La actual y reciente Ley Concursal tiene entre sus objetivos prioritarios, sin embargo, evitar la desaparición de empresas y negocios. Por ello, uno de los efectos del concurso de acreedores es la suspensión del devengo de intereses. Otro de los efectos es la suspensión de las ejecuciones en curso. Se trata por tanto de aflojar la presión sobre la empresa durante un tiempo para tratar de ofrecerle un salvavidas legal que haga posible su viabilidad. Obviamente, dada la actual crisis financiera, es un instrumento al que se han visto obligadas a acogerse gran cantidad de empresas promotoras al no poder renegociar sus créditos con los bancos como consecuencia del credit crunch. Como puede suponerse, la campaña de divulgación de esta figura iniciada por la Cámara de Comercio es todo un síntoma.
Recientemente, la CEN (Confederación de Empresarios de Navarra) fue la encargada de acoger una sesión informativa.sobre esta figura jurídica. El presidente del TSJN, Juan Manuel Fernández, y el titular del Juzgado de lo Mercantil que lleva estos asuntos, Ildefonso Prieto, están informando y asesorando a marchas forzadas para que las empresas vayan al concurso cuando todavía sea posible su reflotamiento, y no para que suponga una liquidación. En España y en Navarra, quizá por su reciente incorporación al ordenamiento, no hay cultura de concurso de acreedores. En España sólo se declaran unos 800 concursos de acreedores al año, alrededor de 20 en Navarra, que por ser demasiado tardíos terminan casi todos con la liquidación de la empresa. El concurso de acreedores, por el contrario, es un instrumento que ofrece todo tipo de mecanismos para evitar la liquidación de la empresa. De ahí el interés por divulgar su conocimiento en estos tiempos de crisis.