Uno de los cambios que propone la reforma, es la total supresión de la Transitoria Cuarta, que convierte a Navarra en la única comunidad española cuya definición territorial queda inconclusa y pendiente:
Disposición Transitoria Cuarta:
1. En el caso de Navarra, y a efectos de su incorporación al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco que le sustituya, en lugar de lo que establece el artículo 143 de la Constitución, la iniciativa corresponde al Órgano Foral competente, el cual adoptará su decisión por mayoría de los miembros que lo componen. Para la validez de dicha iniciativa será preciso, además, que la decisión del Órgano Foral competente sea ratificada por referéndum expresamente convocado al efecto, y aprobado por mayoría de los votos válidos emitidos.
Este carácter inconcluso con el que la Constitución del 78 castiga a Navarra, no puede además resolverse más que en un sentido, el de “su incorporación al Consejo General Vasco o al régimen autonómico vasco que le sustituya”.
Fue por esto por lo que Jesús Aizpún, hasta entonces militante de UCD, fundó en UPN en 1979. El mismo lo explicó afirmando que en la Constitución “querían dejar una puerta abierta y me pareció que la personalidad de Navarra no estaba suficientemente defendida desde UCD y que hacía falta un partido netamente navarro que defendiera la identidad de Navarra y respetara su foralidad”.