Al mismo tiempo que el gobierno foral anuncia su creación, el Pleno del Tribunal Constitucional ha resulto desestimar la suspensión de la ley que determina la creación de ese registro. La citada ley es objeto en estos momentos de un recurso de inconstitucionalidad promovido por más de cincuenta diputados del PP y que a pesar de esta resolución sigue su curso.
Una auténtica lista negra con los médicos que no quieren participar en un aborto
El recurso de inconstitucionalidad, además de cuestionar la legalidad de la propia norma foral, solicitaba su suspensión cautelar para evitar un posible perjuicio a todos los profesionales médicos y sanitarios que son obligados a inscribirse en el registro, lo que podría permitir el acceso a esa información privada tanto a órganos administrativos como a terceros que carecen de finalidad legítima para conocerla.
Sólo el gobierno de la nación puede suspender una norma autonómica
La resolución que acabamos de conocer no entra todavía a resolver si la creación del registro es constitucional o no, cuestión que decidirá el Tribunal Constitucional más adelante. Lo que sí determina antes de tomar una decisión al respecto es que la suspensión de una ley o norma con rango de ley aprobada por una comunidad autónoma sólo puede producirse a petición del gobierno de la nación, no a solicitud de un grupo de cincuenta diputados, por lo que desestima la suspensión cautelar del registro.
Texto completo de la resolución: http://www.toofiles.com/es/oip/documents/pdf/registroobjetoresnavarra.html
Un comentario
A pesar de que claramente incumple la Constitución al obligar a declarar las creencias….