El patadón de Errejón

Iñigo Errejón se ha visto envuelto en los últimos días en un oscuro suceso con una denuncia por agresión de por medio a un hombre de 67 años enfermo de cáncer. Este hombre se habría acercado en la calle a Errejón para pedirle un selfie y Errejón se habría negado. La negativa de Errejón habría generado un cruce de reproches y el cruce de reproches una agresión, en la que el hombre enfermo de cáncer se habría llevado una patada en el abdomen que, por las fotos publicadas, habría sido de potencia y consecuencias considerables, con el agravante de ser propinada a una persona de cierta edad y además enferma.

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Frente a esta denuncia que la policía investiga a través de testigos y cintas de vídeo de las cámaras de seguridad de la zona, Errejón asegura que la agresión es falsa y que colaborará cuanto sea necesario con la Justicia. No obstante, reconoce haber tenido un encuentro desagradable con el agredido, por lo que al menos esa parte no parece inventada. Dos testigos confirmarían la agresión y las cámaras de la zona no recogerían la patada pero sí la discusión en la calle. El parte médico confirmaría por otro lado la existencia de las lesiones. Con todo esto tendrá que vérselas un juez y ya veremos lo que da o no da de sí lo denunciado, aunque sólo lo sucedido ya da para mucho.

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Es por ejemplo una suerte para Errejón que el denunciante sea un hombre. Si fuera una mujer la que denuncia la agresión, o la denuncia no fuera por dar una patada sino por tocar un pecho, Errejón tendría un grave problema, si no con la Justicia con su propia coherencia.

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En el caso que nos ocupa brilla en el centro la presunción de inocencia, un principio fundamental del derecho entre naciones civilizadas, últimamente bastante maltrecho en España y no sólo en España. Errejón y sus partidarios han descubierto que puede haber falsas denuncias y agresiones imaginarias. O inexactas (a lo mejor la patada la propinó un escolta bukanero o similar de los que parece que prestan servicio a Podemos). Una denuncia falsa seguramente implica la existencia de un ánimo hostil contra el denunciado. ¿Por qué asume la izquierda que el ánimo hostil sólo lo puede tener un hombre o que como consecuencia de un ánimo hostil se puede inventar una patada pero no un tocamiento o una agresión sexual? Cuando se exigen pruebas para condenar a un hombre aunque su acusadora sea una mujer, no es por odio a la mujer o por machismo, sino por defender el principio de la presunción de inocencia. Una presunción de inocencia que ahora favorece a Errejón porque esto no va de creer o no creer al hermano supuestamente agredido, sino de probar la acusación de un delito.

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Seguro que en este momento Errejón y sus partidarios se han vuelto acérrimos defensores de la presunción de inocencia. El problema es que no se puede parcelar la presunción de inocencia. No se puede enervar la presunción de inocencia salvo para los líderes de Más País. O no se puede aplicar o no la presunción de inocencia según el acusado sea hombre o la acusadora mujer. En este caso Errejón ha tenido suerte, ¿o cree que no hay ninguna mujer que pueda tener ánimo hostil hacia él?

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