¿Qué es el acuerdo entre ETA-Batasuna y EA?
Según el título del documento firmado, se trata de un “acuerdo estratégico entre fuerzas políticas independentistas”. A lo largo del protocolo también se le denomina como “instrumento táctico-estratégico”. El propósito del mismo es trabajar entre ETA-Batasuna y EA “para consensuar en todos los ámbitos de trabajo común”. El acuerdo finalmente “determina una relación especial entre las partes”, adquiriendo las relaciones recíprocas entre ETA-Batasuna y EA “carácter preferente en nuestras relaciones políticas”.
Ámbito del acuerdo.
Particularmente relevante es que en este apartado el acuerdo suscrito determina que “el sujeto destinatario del acuerdo es el conjunto de los territorios vascos que configuran Euskal Herria, por lo que tiene un ámbito nacional”. Naturalmente se incluye en este ámbito a Navarra, a la que se menciona anteriormente junto al País Vasco francés.
El “conflicto político”
El articulado del texto sitúa en el origen de la violencia un “conflicto político” consistente en negar España y Francia el derecho de los vascos (considerados estos como un todo unitario a lo largo del documento) a constituir un estado. El reconocimiento de un supuesto derecho a la secesión por parte de un sujeto político inexistente en el presente y en el pasado (Euskal Herria como entidad política) se constituye una vez más como una condición previa al cese definitivo de la violencia. La lógica contradictoria del documento es que, aunque en teoría todo se puede discutir por “vías pacíficas y democráticas”, quien discuta tanto la existencia misma de un derecho a la secesión, como que el sujeto de ese derecho sea un a entidad política pre-existente llamada “Euskal Herria”, debe aceptar la violencia derivada de su osadía.
El documento denomina además como “presos políticos” a los autores de esa violencia, una violencia que al tener una raíz “política” necesita de “una solución política” mediante un proceso que concluya con “la excarcelación de todos y todas las presas políticas”. En todo el documento no aparece ni una sóla vez el nombre de ETA ni evidentemente se condena su violencia.
EA y Nabai.
Del contenido del acuerdo, aparte de la falta de novedades en el resto de aspectos, sí pueden extraerse al menos dos conclusiones novedosas. Por una parte que EA ha suscrito un pacto con ETA-Batasuna que afecta la relación con Nabai, puesto que su objeto es “consensuar” sus políticas con Batasuna y su ámbito de aplicación es “el conjunto de los territorios vascos que configuran Euskal Herria”. Por otro lado, se deduce que el pacto con ETA-Batasuna es un pacto de rango superior al que EA mantiene suscrito con sus socios de Nabai, puesto que el pacto con ETA-Batasuna “determina una relación especial entre las partes”, adquiriendo las relaciones recíprocas entre ETA-Batasuna y EA “carácter preferente en nuestras relaciones políticas”. La afectación del pacto a las relaciones con Nabai, por tanto, queda más allá de toda duda.
Un comentario
Lo más extraño es que si Batasuna fuera legal, y por tanto no hubiera por ahí una cantidad de votos huérfanos, lo más seguro es que EA nunca hubiera firmado un acuerdo tan arriesgado como éste con los batasunos. Por lo que puede interpretarse que EA trata de aprovecharse a la desesperada de la ilegalización de Batasuna. A la vez que clama contra ella, claro.
Aparte de esto, incomprensible que Nabai no exija cuentas a EA o directamente la obligue a elegir entre Nabai y Batasuna, cuando el ejercicio de las decisiones de EA dentro de Nabai ha quedado condicionado por un acuerdo con Batasuna.
Esto es que Nabai está muy contenta de que EA arrastre los votos huérfanos de Batasuna a Nabai asumiendo ella los riesgos. Aunque ahora Batasuna decida dentro de Nabai.