¿Cómo se elige a los senadores navarros?

En primer lugar hay que hacer alusión al hecho de que no son cuatro, sino cinco, los escaños de diputado que le corresponden a Navarra en el Senado. Uno de ellos lo es por representación indirecta. Cada comunidad autónoma tiene derecho a un senador más otro por cada millón de habitantes que acumule. En el caso de Navarra, por tanto, nos quedamos con un solo escaño por representación indirecta. Este es elegido por el Parlamento de Navarra.

Los otros cuatro senadores que nos corresponden, y que son los que elegiremos en las generales de marzo, se eligen directamente en las urnas mediante un sistema de listas abiertas. El sistema es el siguiente:

  • De entre la lista de todos los candidatos de todos los partidos, el votante tiene que elegir a tres candidatos cualesquiera de los partidos que quiera.
  • Se suman los votos que ha recibido cada candidato.
  • Alcanzan escaño los cuatro que hayan tenido más votos.

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. Artículos 165 y 166.

En las elecciones de marzo del 2004, estos fueron los cuatro senadores designados por Navarra y los votos que recibieron cada uno.

El sistema ofrece la posibilidad de que se pueda votar a diferentes candidatos de diferentes partidos. No obstante, si los votantes prefieren votar al partido (o a las ideas) en vez de a los candidatos, o si consideran que los mejores candidatos son los de un partido, es evidente que el sistema, al permitir a cada votante elegir a tres candidatos sobre cuatro, favorece al partido más votado. Así, UPN se hizo con 3 de los 4 escaños del Senado y parece probable que vuelva a repetirse este resultado. El cuarto senador puede depender de si Nabai conserva en las generales su condición de segunda fuerza más votada en las autonómicas o si el PSOE, como hemos señalado en Navarra Confidencial que suele suceder en las generales, mejora en Navarra los resultados del PSN.

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