Batasuna como tumor maligno de EA

 

Bildu es el resultado político de unir a EA y Batasuna. Podría decirse que es la plasmación electoral de los pactos “estratégicos” previos firmados por EA y Batasuna. La existencia de esos pactos es un hecho, puesto que es pública y notoria.

En los textos firmados entre Batasuna y EA, las partes firmantes se comprometen “a compartir y gestionar una unidad de acción” en sus objetivos fundamentales. Asimismo, se estipula que el acuerdo tiene como objeto “consensuar en todos los ámbitos de trabajo común”.

La pregunta a este respecto es por qué tendría EA que limitar su capacidad, comprometiéndose a “consensuar” una “unidad de acción” con Batasuna, o por qué tendría que limitarse Batasuna consensuando nada con EA. La respuesta es que respecto a Batasuna y EA se produce una simbiosis entre unos votos huérfanos de siglas legales y unas siglas legales huérfanas de votos. La consecuencia en todo caso es que EA estaría comprometiéndose a consensuar su actuación con una formación ilegalizada, a cambio de los votos de ésta.

Batasuna como metástasis de EA

Todo lo anterior evidencia la existencia de un “bulto” en el cuerpo de EA respecto al que cualquier bioxia señalaría la presencia maligna de ETA-Batasuna. Los acuerdos que ligan a EA con ETA-Batasuna son un hecho y ya sólo queda esperar la forma en que estos acuerdos caben interpretarse a la luz de la Ley de Partidos la cual, para proceder a la ilegalización de una formación política, establece como requisito –entre otros- alguno de los siguientes presupuestos: 

Complementar y apoyar políticamente la acción de organizaciones terroristas para la consecución de sus fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública, tratando de someter a un clima de terror a los poderes públicos, a determinadas personas o grupos de la sociedad o a la población en general, o contribuir a multiplicar los efectos de la violencia terrorista y del miedo y la intimidación generada por la misma.

Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo que no hayan rechazado públicamente los fines y los medios terroristas, o mantener un amplio número de sus afiliados doble militancia en organizaciones o entidades vinculadas a un grupo terrorista o violento, salvo que hayan adoptado medidas disciplinarias contra éstos conducentes a su expulsión.

Ceder, en favor de los terroristas o de quienes colaboran con ellos, los derechos y prerrogativas que el ordenamiento, y concretamente la legislación electoral, conceden a los partidos políticos.

Colaborar habitualmente con entidades o grupos que actúen de forma sistemática de acuerdo con una organización terrorista o violenta, o que amparan o apoyan al terrorismo o a los terroristas.

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3 respuestas

  1. Más que CANCER habría que hablar de enfermedad infectocontagiosa. Dado que EA es un cuerpo exento de vida, o sea votos, se autoinfecta de una enfermedad con tal de seguir moviendose por ahí. Esto es las películas se llama ZOMBI. Y les da por matar humanos…
    Y es que la enfermedad que les da los votos se llama ETA.

  2. No hay de qué preocuparse, ya han dicho Rub-al-kahaba y el super fiscaleitor que van a escrutar con lupa las candidaturas de la nueva cosa. Cuando veamos cómo han pasado todos los filtros y se vuelven a sentar en los ayuntamientos (porque así será sin la menor duda) podremos decir aquello de «que Santa Lucía les conserve la vista».

  3. Muy mala baba redactores de Navarra Confidencial, comparar una enfermedad que sufren tantas personas con formaciones políticas es de pésimo gusto.

    Alfredo Irujo aplíquense también las condiciones de uso de los comentarios para sus artículos.

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