Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. |
La manifestación anti TAV el pasado domingo no hizo alusión a la muerte de Uria. Fue organizada por AHT Gelditu, la misma plataforma que recientemente buzoneó una carta en contra de las obras del AVE simulando una misiva de la Hacienda Foral de Navarra.
Artículo 16.3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. |
PSN, Nafarroa Bai e IU, han rechazado en el Parlamento Foral la toma en consideración de la iniciativa legislativa popular que proponía la implantación de la Red Madre en Navarra. Dicha red pretende proporcionar desde la instituciones públicas ayuda y apoyo a las madres embarazadas, para ofrecer a éstas una alternativa al aborto. Los autodenominados “progresistas”, una vez más, han rechazado ofrecer a la mujer más ayuda que el cuchillo del cirujano.
Artículo 18. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. |
En la noche del domingo, entre Sangüesa y Javier, fueron destruidas o gravemente dañadas nueve de las cruces del tradicional vía crucis de la Javierada. Este ataque se enmarca dentro de un ambiente de creciente hostilidad hacia la simbología cristiana.
26.3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. |
Hemos decidido seleccionar como noticia la de que NaBai, PSN e IU tramitan una ley que pretende no concertar los centros sin enseñanza mixta. Pero la ilustramos con una de nuestras viñetas favoritas de Educación para la Ciudadanía: la de la poligamia.
29.2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. |
En estos tiempos de permanente crecimiento del estado manifestado en más y más complejas regulaciones, hemos seleccionado también este artículo, circunscribiendo la capacidad legal de limitar los derechos y libertades de los ciudadanos.
Preámbulo. Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana. |
Cerramos esta información por el principio, con esta cita de las primeras palabras del preámbulo. En él se habla derechos iguales e inalienables de todos los seres humanos. Se ve que entonces no había tanto relativismo ni positivismo como ahora. La Declaración se firmó el 10 de diciembre de 1948, sólo 3 años después del final de la Segunda Guerra Mundial. Pueden leer el texto completo pinchando aquí.