Algunas razones para no entender el concepto de muerte digna

1-Hablar de una muerte digna implica la existencia de una vida indigna.

2-Si se considera que la vida puede ser indigna, puede ser por razones subjetivas o por razones objetivas.

3- Si es por razones subjetivas, la vida puede ser indigna para cualquiera por cualquier motivo en cualquier momento. Entonces hay que ayudar a morir a cualquier persona que desee morir por cualquier motivo en cualquier momento, aunque no haya ninguna razón objetiva para hacerlo.

4- Si es por razones objetivas, cualquiera que incurra en ellas y no se mate hay que decir que su vida es indigna, o que es un indigno por querer seguir viviendo una vida indigna. Todas las personas en la situación de Ramón Sampedro que quisieran seguir vivas, por ejemplo, serían indignas.

5-Si hay razones objetivas que se puedan establecer por ley para morir, entonces también hay razones objetivas para seguir vivo. En este caso no procedería la reflexión número 3.

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11 respuestas

  1. 1.- La tesis es incierta: NO se habla de personas o de vidas indignas, sino de condiciones de vida indignas. La Iglesia misma admite el empleo de medios que disminuyan el sufrimiento aunque acorten la vida. Esto es el principio de compasión, que nos enseña que es más importante el bienestar del enfermo y su salud moral que prorrogar la vida. La vida no es un valor absoluto, más importante que los demás, sino que los presupone (sin ella no existen los demás).

    2.- No son «razones» sino «circusntancias objetivas», reguladas legalmente, que deben darse de forma clara, ser asumibles como razonablemente ciertas para un observador consciente e informado, como un juez, ante quien además el enfermo deberá dar muestra de su voluntad libre, meditada, cierta y sin presión de ningún tipo, personalmente o a través de un testamento vital.

    3.- Por lo dicho en 2, es incierto.

    4.- Por lo dicho en 1, es incierto: no se habla realmente de «vidas indignas» sino de condiciones de vida indignas en cada caso, para cada enfermo (pues sin su voluntad, no hay nada).

    5.- No son «razones», sino circunstancias que apreciadas en conjunto, convencen al intérprete jurídico de que la voluntad de una persona que no desea seguir viviendo ha de ser respetada y auxiliada legalmente en su voluntad.

    6.- En la mayor parte de los casos me figuro que bastará con retirar sistemas de soporte vital extraordinarios y dejar que la enfermedad progrese normalmente, evitando sufrimientos adicionales al enfermo, aunque ello suponga el acortamiento de su vida.

  2. Pero que malos son Udes en Navarra Confidencial. A ver: un navarro se accidenta (ocurre todos los meses) y se queda en la carretera o en el campo hecho polvo y medio muerto.
    Entonces nuestros ímprovos parlamentarios forales se reunen y van a dar nuevas pautas a los servicios de urgencias que van a atenderlo.
    ¿es digno que un conciudadano nuestro muera en el suelo? ¿Y si el accidente tiene lugar un poco más allás de nuestras mugas?

    Los médicos y el personal sanitario están ansiosos esperando a ver cómo ponen el huevo nuestros legisladores.
    Es penoso.
    ¿Acaso no lo están haciendo bien los médicos actualmente?
    ¿O es que quieren también legislar sobre la nada en este campo?

  3. Tienes razón Pedro Jota, cuando el diablo se aburre mata moscas con el rabo. A partir de ahora propongo que nuestro Parlamento debata como se deben apagar incendios, cual debe ser la organización de un pescadería por dentro o como se debe montar un circo.

  4. Hola Spurgus,

    ¿De verdad que es nueva para tí la expresión «muerte digna»?

    ¡No puedo creer que sea la primera vez que te tropiezas con ella y que creas que la acaba de inventar Navarra Confidencial! :p

    De hecho, creo que son sus partidarios los primeros que utilizan esta expresión continuamente para suavizar la venta de su producto.

    Evidentemente, la idea de muerte digna, como dice la noticia, implica necesariamente la de vida indigna.

    Dices que NO se habla de personas o de vidas indignas, sino de condiciones de vida indignas.

    Pero si tuvieras razón, el debate sería mejorar las condiciones de vida.

    Obviamente el debate no es está ahí sino en MATAR o no matar al paciente.

    La prueba de que el debate no está donde dices es que todos estamos de acuerdo en los cuidados paliativos, incluida efectivamente la Iglesia (hay un enlace a otra noticia anterior muy explícita al respecto).

    Así que en algo debe estar equivocado tu planteamiento sobre dónde está el debate.

    Por lo demás comparto la tesis del artículo. Si estar en una silla de ruedas fuera una razón objetiva para que la vida de una persona fuera indigna, entonces todas las personas que estuvieran en silla de ruedas tendrían una vida indigna. Si sólo algunas personas creen que estar en una silla de ruedas es indigno entonces es subjetivo. Es decir, que lo que plantea el artículo me parece básicamente cierto.

    Saludos.

  5. Napoleón,

    Primero.- le ruego que no me tutee Ud.

    Segundo.- quien dice que hay vida indigna,es Ud y NC, no yo.

    Tercero.- Yo no he dicho que sea nuevo para mí la expresión de «Muerte digna», lo que digo es que eso no implica «vida indigna».

    Cuarto.- Nadie ha escrito en este medio (salvo Ud.) que estar en una silla de ruedas sea una «razón objetiva para considerar esta vida indigna»; pero lo suelta como si creyera Ud. de verdad que esta fuera mi tesis, lo que es una falsedad y una falta de respeto -que me molesta, la verdad- para conmigo.

    Le ruego que trate a mi opinión de forma intelectualmente honesta, que no tuerza mis argumentos y ponga cosas de su cosecha en ni boca. Eso se lo debe Ud a sí mismo, y me lo debe.

    Ahora bien, si de lo que se trata es de tratar la opinión de otro como la de un enemigo, dotarle de cualidades o defectos supuestos (y diabólicos, claro) y entonces banderillearlo y hacer pimpampum dialéctico, conmigo no cuente.

    Saludos,

  6. Primero se crea la duda de si para morir dignamente hace falta una ley, asumiendo erróneamente que muerte sin dolor es igual a muerte digna, y viceversa. Es práctica habitual que a los enfermos terminales se les suministren los medicamentos necesarios para que no sufran, hasta que Dios decida que ha llegado su hora.
    Segundo, lo que el PSOE pretende es continuar con el recorte a la vida y legalizar la eutanasia, segundo paso tras la ley de interrupción voluntaria del inicio de la vida.
    Tercero, muchos de los demás partidos políticos que callan (PP) o dicen estar a favor (UPN) se amparan en la modernidad (desde los grecorromanos) de crear una moral autónoma basada en la legalidad, buscando siempre un fundamento ético ajeno a la propia naturaleza de las cosas.
    En fin, no es necesario darle tantas vueltas a algo que resulta absolutamente evidente.

  7. Hola Spurgus,

    Falso. El que intenta forzar la realidad eres tú. Hablar de muerte digna implica el concepto vida indigna. La muerte digna, de hecho, es la supuesta salida a una vida indigna.

    Muerte digna implica vida indigna como discriminación positiva implica discriminación negativa. No soy yo quien retuerce el lenguaje, spurgus, son los defensores de la «muerte digna» quienes lo hacen.

    Me da igual que pienses que la vida de una persona en silla de ruedas es digna e indigna. Lo que yo digo, y sigo la lógica del artículo, es que si una persona que está en silla de ruedas quiere morir porque le parece que su vida en silla de ruedas es indigna, y otra en su misma situación quiere vivir, entonces la razón de la primera persona es puramente subjetiva.

    La misma lógica vale para Ramón Sampedro o para Stephen Hawking.

    O sea, que de las «circunsatancias objetivas» que hablabas tú nada de nada.

    Saludos.

  8. Para evitar caer en discursos «napoleónicos» y por el interés del asunto, reproduzco el artículo 2 de la ley holandesa, que establece los parámetros de la «terminación de la vida a petición propia y de auxilio al suicidio»:

    1.Los requisitos de cuidado a los que se refiere el artículo 293,párrafo segundo, del Código Penal (Holandés), implican que el médico:

    a)ha llegado al convencimiento de que la petición del paciente es voluntaria y bien meditada.
    b) ha llegado al convencimiento de que el padecimiento del paciente es insoportable y sin esperanzas de mejora.
    c)ha informado al paciente de la situación en que se encuentra y de sus perspectivas de futuro,
    d) ha llegado al convencimiento junto con el paciente de que no existe ninguna otra solución razonable para la situación en la que se encuentra este último.

    e) ha consultado, por lo menos, con un médico independiente que ha visto al paciente y que ha emitido su dictamen por escrito sobre el cumplimiento de los requisitos de cuidado a los que se refieren los apartados a. al d.

    f) ha llevado a cabo la terminación de la vida o el auxilio al suicidio con el máximo cuidado y esmero profesional posibles.

    2.El médico podrá atender la petición de un paciente,que cuente al menos con dieciséis años de edad, que ya no esté en condiciones de expresar su voluntad pero que estuvo en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses al respecto antes de pasar a encontrarse en el citado estado de incapacidad y que redactó una declaración por escrito que contenga una petición de terminación de su vida. Se aplicarán por analogía los requisitos de cuidado a los que se refiere el párrafo primero.

    3. Si se trata de un paciente menor de edad,cuya edad esté comprendida entre los dieciséis y los dieciocho años, al que se le pueda considerar en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses en este asunto, el médico podrá atender una petición del paciente de terminación de su vida o una petición de auxilio al suicidio, después de que los padres o el padre o la madre que ejerza(n) la patria potestad o la persona que tenga la tutela sobre el menor, haya(n) participado en la toma de la decisión.

    4.En caso de que el paciente menor de edad tenga una edad comprendida entre los doce y los dieciséis años y que se le pueda considerar en condiciones de realizar una valoración razonable de sus intereses en este asunto, el médico podrá atender una petición del paciente de terminación de su vida o a una petición de auxilio al suicidio, en el caso de que los padres o el padre o la madre que ejerza(n) la patria potestad o la persona que tenga la tutela sobre el menor,esté(n) de acuerdo con la terminación de la vida del paciente o con el auxilio al suicidio. Se aplicará por analogía el párrafo segundo.

    Cualquier ley requiere: a) la voluntad suficientemente meditada, libre y formada e informoada de la persona; b) que exista un juicio del médico habitual, contrastado por otro médico sobre el padecimiento insoportable sin esperanzas de mejora, c) sin otra solución razonable.

  9. Napoleón.

    Napoleón, no sea niño y no se me enfade Ud porque me lea algo que no le gusta. Ande, retrátese…Deje de tutearme. Admita mi derecho a que se dirija Ud. a mí con respeto. Ud. que clama por la vida digna, demuestre que sabe lo que es el respeto.

    Paso a contestarle: dice Ud que el concepto de «Muerte digna» implica el de «vida indigna». Eso es una falacia lógica como un castillo. Es como decir que si el Papa habla de la «dignidad del hombre» yo voy y digo que «eso implica que para el papa hay hombres indignos».

    ¿Verdad que no? ¿Quien tuerce las palabras, Ud y no yo?

    NO desbarre Ud, please.

    «Muerte digna» implicará como opuesto necesario, «Muerte indigna» que será otra cosa, pero no «Vida indigna», que esa sí se opondría a «vida digna».

    Muerte indigna de un ser humano es aquella que se producido en situación de insoportable dolor físico o moral, o de total abandono o privado de las atenciones mínimas que todo hombre ha de recibir en esas horas tan duras: Esa muerte que Ud. no querría para sí o para un ser querido; esa muerte que todos querriamos impedir curando, quitando el dolor, sanando la herida, confortando al enfermo, animando su vida.

    En algunas ocasiones no podemos curar esa vida que se hace un grito. En algunas ocasiones sólo podemos abreviar los dolores,
    abreviando la vida. Nadie habla de otra cosa, llámese suicidio asistido, o «terminación de la vida» (como dice la ley holandesa). Deje de demonizar lo que no se ha molestado en pensar tranquilamente.

  10. La propia palabra eutanasia, de la que debe hacerse un uso restringido para referirse a aquellas actuaciones que:

    a) Producen la muerte de los pacientes, es decir, que la causan de forma directa mediante una relación causa-efecto única e inmediata.
    b) Se realizan a petición expresa, reiterada en el tiempo, e informada de los pacientes en situación de capacidad.
    c) En un contexto de sufrimiento, entendido como “dolor total”, debido a una enfermedad incurable que el paciente experimenta como inaceptable y que no ha podido ser mitigado por otros medios, por ejemplo mediante cuidados paliativos.
    d) Son realizadas por profesionales sanitarios que conocen a los pacientes y mantienen con ellos una relación clínica significativa.

    tomado de la pagina http://www.eutanasia.ws/eutanasia_suicido.html.

  11. Hola spurgus,

    Omito responder a alusiones personales o a discutir los estados de ánimo o la madurez de cada uno. No me parece relevante para el debate ni creo que le interese a nadie.

    Respecto al tratamiento, creo recordar que en otro post me invitó a tutearle. Lamento que ahora considere que al tutearle le falto al respeto. En todo caso vuelvo a ustearle sin problemas y sin haber tenido nunca el ánimo de faltarle al respeto. Salvo que llevarle la contraria lo entienda usted como una falta de respeto.

    Entrando al fondo de la cuestión, yo no voy a cortar ni pegar nada de ningún sitio, sino que trataré de desmontar sus citas desde mi propio punto de vista y con mis propios argumentos.

    En este sentido, sólo razonando un poco, me parece evidente la falsedad de algunos de sus argumentos. Por ejemplo, insiste usted en que hablar de «muerte digna» no implica el concepto de «vida indigna», pero luego pasa a justificar su defensa de la «muerte digna» hablando del sufrimiento y de la enfermedad. Pero estimado Spurgus: los muertos no padecen dolor, enfermedad ni sufrimiento. Sólo los vivos enferman y padecen. ¿No se da cuenta de lo paradójico de su pensamiento?

    Usted, implícitamente, es evidente que considera indigna la vida de las personas para quienes considera aplicable una «muerte digna». Si la vida de estas personas no la considerara indigna, no haría falta acortarles la vida y aplicarles la «muerte dinga». Como le decía, esto me parece bastante evidente.

    A este respecto, los supuestos que ustedes los defensores de la «muerte digna» utilizan como argumento resultan siempre muy esclarecedores: enfermos, ancianos, fracasados, personas dependientes, impedidas, solas…

    No me parece casual que los defensores de la «muerte digna», usted mismo, spurgus, sean los mismos que defienden el aborto.

    ¿Sabe cuál es el nexo?

    En uno y otro caso, se trata siempre de eliminar a seres humanos indeseados.

    Eso sí, ustedes que presumen de progresistas siempre disfrazan de una especie de piedad al hecho de predicar que la vida de los débiles, los indeseados, los enfermos, los imperfectos y los dependientes es tan indigna que deben desear su propia muerte por dignidad. Y entonces ustedes, caritativamente, les proprocionan la dignidad en forma de inyección letal.

    Creo que hay una gran perversión en su discurso spurgus.

    Y naturalmente no puedo estar de acuerdo con él. Lo lamento.

    Saludos.

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