El Tribunal decide suspender cautelarmente la obligatoriedad de cursar EpC en base al argumento lógico de que, cuando llegue la sentencia, y en caso de que sea favorable a los demandantes, "el resultado ya se habría producido" y el alumno ya habría recibido enseñanzas no deseadas por sus padres.
Para Benigno Blanco, presidente del Foro Español de la Familia, "este auto del TSJA pone de manifiesto que las amenazas dirigidas a las familias objetoras por la Ministra de Educación y algunos consejeros autonómicos carecían de todo fundamento: frente a las amenazas de los políticos se alzan las resoluciones de los tribunales en defensa de los padres de familia".
En opinión del Foro, con este auto queda legitimada la postura de los padres de los alumnos que se niegan a cursar la asignatura y a entrar en clase y espera que, ya con una medida cautelar de los tribunales a su favor, se produzca en los próximos meses un incremento sustancial del número de objeciones en Asturias.
Hace apenas una semana, en un claro ejemplo de relativismo judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña denegó la suspensión cautelar de la EpC en esa comunidad a instancias de los padres de tres alumnos.
El Foro Español de la Familia ya advirtió de que acudiría a los tribunales españoles, e incluso europeos, si la administración central denegaba la objeción de conciencia de algún estudiante a Educación para la Ciudadanía. Además, el Foro de la Familia recuerda a todos los padres la existencia del Servicio de Asistencia Jurídica al Objetor, una red de abogados y procuradores que les atenderán y defenderán sus derechos de manera desinteresada y gratuita, llamando al teléfono 91.413.29.57. Esta noticia, por lo demás, demuestra que el Servicio funciona.