Navarra y sus fueros
Las normas que articulaban el funcionamiento del Reino de Navarra o Reino de Pamplona desde el siglo IX eran los Fueros. Los Fueros eran normas que en parte se basaban en el derecho romano vigente en la antigua Hispania, en parte en las aportaciones de la Hispania visigótica, y e parte en las propias costumbres peculiares de los habitantes de Navarra. Todo este conjunto normativo se fue acrisolando a lo largo de la Edad Media hasta formar el Fuero General de Navarra.
Un poco más de historia: la unión eque-principal y las Cortes de Navarra.
La incorporación de Navarra a la Corona de Castilla en 1.512 fue una unión eque-principal, o una unión personal de las coronas. Es decir, que aunque la corona era común los reinos eran distintos y en cada uno tenían vigencia sus propias normas. En consecuencia en Navarra el poder legislativo lo ostentaban las Cortes, que además controlaban la actuación del virrey para que no cometiera ningún contrafuero.
La Ley Paccionada de 1841
El fin de la Primera Guerra Carlista (1833-1840), concluida con el Abrazo de Vergara también conocida como traición de Maroto, desemboca en la Ley de 25 de octubre de 1.839 por la que se reconoce el régimen foral, pero también en la Ley Paccionada de 1841, en virtud de la cual Navarra deja de ser un reino y se convierte en una provincia. En virtud de su foralidad reconocida, no obstante, Navarra conserva la autonomía administrativa y fiscal. Desde 1.512 hasta 1.841 Navarra había seguido ostentando el carácter de reino dentro de España, quedando obligado el rey en su coronación a jurar los Fueros de Navarra.
El contrafuero más famoso: la Gamazada
En 1893 el ministro de Hacienda, Germán Gamazo, trata de modificar unilateralmente el régimen foral suprimiendo la autonomía fiscal vigente. A la protesta formal de la Diputación se sumó una protesta popular que como una ola fue creciendo por toda Navarra, aunando a los navarros de todas las tendencias –incluso los liberales- hasta adquirir carácter multitudinario. Las manifestaciones se sucedieron por todas las localidades navarras incluyendo una en Pamplona a la que acudieron decenas de miles de personas. Un escrito titulado Protesta Foral, que se hizo llegar a la regente María Cristina, recibió la excepcional adhesión en aquella época de 120.000 firmantes navarros. Aunque el conflictivo ministro se negó a alcanzar ningún acuerdo con los representantes de la Diputación, la crisis en Navarra y el progresivo descrédito de Gamazo fueron minando su gestión hasta que cae en desgracia y dimite en febrero de 1894. Su sucesor, Amós Salvador, decidió abandonar la reforma de Gamazo. En memoria de aquellos acontecimientos se levantó frente al Palacio de la Diputación el Monumento a los Fueros.
Llegamos al presente: el Amejoramiento.
En 1.982, con la aprobación del Amejoramiento, Navarra pasó a ser una Comunidad Foral dentro del estado autonómico. La Constitución, anteriormente, había reconocido y amparado en su Disposición Adicional Primera la existencia de los derechos históricos de los territorios forales. De este modo, Navarra accede a la autonomía por una vía distinta al resto de comunidades. De hecho, Navarra es la única comunidad foral española. Existen fueros como el de la provincia de Alava, el de Guipuzcoa o el de Vizcaya, pero no un fuero de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que por tanto no es una comunidad foral. Otra diferencia es que el Amejoramiento navarro –que no es un estatuto de autonomía- tampoco se somete a referendum. Además son el Gobierno de Navarra y el Gobierno de España, y no sus cortes, quienes pactan entre sí por la naturaleza bilateral y paccionada de nuestro régimen foral particular.
¡Contrafuero!
El artículo 24 del Amejoramiento determina que la Diputación “velará especialmente por la defensa de la integridad del Régimen Foral” de Navarra, “debiendo dar cuenta al Parlamento de cualquier contrafuero que pudiera producirse”. Es de suponer que las fuerzas políticas que no se distinguen por un especial aprecio al régimen foral navarro, lógicamente tampoco se muestran especialmente celosas en la denuncia de ningún contrafuero.
Video castizo conmemorativo de la Gamazada.
Habiéndose producido el 16 de mayo el 117 aniversario de la Gamazada hemos encontrado este simpático video conmemorativo.
Un comentario
Estando de acuerdo en el artículo yo añadiría dos notas.
La primera que el Fuero en Navarra deriva de su condición originaria de Reino, a la que nunca ha renunciado, y que se ha adaptado a las sucesivas formas políticas de España mediante Pacto. Por ello nos son comparables los fueros de nuestros vecinos de la actual Comunidad Autonoma Vasca porque nunca llegaron a ser Reino de por si, sino territorios autonomos (aforados) con leyes distintas de Navarra primero y de Castilla después.
La segunda y más importante, que el Fuero ademas leyes propias, era un instrumento de control del poder político, donde se aprobaban los impuestos, se hacian las peticiones de leyes al Rey y se controlaba el poder regio (contrafueros). Ese regimen constitucional, mas asimilable a Inglaterra que a lo que existía en Castilla y es lo que daba prestigio al Fuero como instrumento de libertad en Navarra