La VPA es una vivienda protegida destinada al alquiler, son las VPO’s de alquiler. El precio “protegido” del alquiler se determina cada año con unos módulos en función del tamaño de la vivienda y, lógicamente, se limita el acceso al alquiler de estas viviendas a personas que reúnan una serie de requisitos como no superar un determinado nivel de renta.
Un alquiler de riesgo.
Al tratarse de un tipo de alquiler destinado a personas con recursos limitados, el perfil de riesgo de estos alquileres es alto para el propietario. Es por ello que la ley actual prevé por parte del arrendatario la aportación de un aval que cubra 12 meses de alquiler. A la hora de considerar este plazo, hay que tener en cuenta que uns demora en el pago menor a dos mensualidades ni siquiera se considera impago, sino un retraso. Es por tanto a partir del tercer mes cuando el propietario puede empezar a promover acciones judiciales para desahuciar al arrendatario que no paga el alquiler. El proceso judicial subsiguiente, fácilmente, puede dilatarse hasta los 8 ó 9 meses desde el momento en que dejó de atenderse el primer pago. Si a esto sumamos los costes del proceso para el propietario, el aval de 12 mensualidades resulta justo para poder cobrar los impagos y costes acumulados.
La reforma pretende rebajar el aval hasta los 6 meses.
Una vez explicado lo anterior, resulta evidente que la rebaja que se pretende supone una auténtica voladura del sistema al dejar al propietario totalmente desprotegido. La situación todavía resulta más gravosa respecto a las VPA de régimen especial, destinadas a los arrendatarios de más riesgo y en las que el aval pasa de 6 a 3 meses.
El promotor, además, no podrá vender nunca las VPA.
Hasta el presente el alquiler de las VPA, en el mejor de los casos, le servía al promotor para cubrir gastos. El beneficio del promotor estaba en la venta de la vivienda protegida de alquiler tras quedar libre al cumplir un plazo de 15 años. Con la nueva ley, la VPA tendrá carácter vitalicio, eliminándose así la última fuente de ingreso posible para el empresario.
El sector de la promoción, lógicamente, ha recibido con estupor esta reforma que, en la práctica, puede volverse en contra de la VPA al punto de hacer completamente antieconómico para el sector privado promover vivienda protegida de alquiler. De ser así, la promoción de VPA sólo podría realizarse a costa del contribuyente a través de VINSA, la promotora pública del Gobierno de Navarra.
Txentxo Jiménez, un teórico de la construcción.
El debate sobre la reforma de la ley nos regala, respecto al asunto anterior, un nuevo momento estelar de Txentxo Jiménez, que no dudó en arremeter contra los promotores navarros preguntándose quién genera más puestos de trabajo, si VINSA o los promotores privados. Al parecer, el indómito portavoz nacionalista desconoce que los terrenos que maneja la promotora pública son aquellos que los promotores privados, tras pagarlos ellos, deben ceder por ley a VINSA.
El PSN quiere apuntarse el tanto, pero la reforma no beneficiará a nadie.
En esta reforma ha resultado determinante el apoyo del PSN a las posturas más radicales de la izquierda. El tanto político a vender a los medios es precisamente la rebaja de los avales para las rentas más bajas. Ya hemos explicado cómo esta medida demagógica puede suponer el fin de la promoción privada de VPA en Navarra, pero es que además puede resultar perfectamente inútil desde el punto de vista social. En la práctica, es muy improbable que quien no pueda conseguir un aval bancario de 4.000 euros pueda conseguir tampoco uno de 2.000. El perjuicio que se causa no generará ningún beneficio. La voladura del actual sistema, en el que todo el mundo ganaba algo, no habrá servido para nada.