El caso del expediente al policía foral señalado por LAB a Beaummont sigue coleando. La consejera declaró ayer a los medios que remitía a todo el mundo a la nota de prensa publicada por el ejecutivo foral, que ella no instruyó ningún expediente y que “continúa la maniobra de acoso y derribo hacia mi persona».
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Tal como sugiere la consejera, hemos acudido a la nota de prensa del ejecutivo la cual asegura que “La consejera Beaumont no ha iniciado ningún expediente sancionador contra un agente de la Policía Foral”, que simplemente “se produce una denuncia en forma, una investigación interna y, tras ella y su resultado, se incoa un expediente disciplinario sin resolver a día de hoy”, que “en este caso se ha actuado, como en otras ocasiones, conforme al ordenamiento jurídico”, que tras recibirse la que queja “es el director General de Interior, y no la consejera, quien da traslado de la misma al Jefe de la Policía Foral, actuando de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 8/2007, de Policías de Navarra, en materia de quejas y denuncias”, y que “la única confusión procede de un error de redacción en el expediente que da a entender que el mismo se inicia por iniciativa de la consejera, cuando no es así. La consejera recibió la queja pero no inició el expediente”. De todos modos, la nota del gobierno señala que “aunque hubiera sido la consejera quien hubiera remitido el correo al director general de Interior para iniciar el expediente –que no lo hizo, reitera el Departamento- hubiese obrado correctamente al cumplir con las obligaciones legalmente establecidas”.
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En cuanto a lo que dice la Ley de Policías, el artículo 59, relativo a las faltas leves, determina que serán faltas leves:
4. La incorrección en el trato con los ciudadanos, las autoridades, los superiores, los compañeros o los subordinados.
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A su vez, el artículo 66 establece que:
- La competencia para la incoación de expedientes disciplinarios y la imposición de faltas leves corresponderá: a) En la Policía Foral de Navarra, al Jefe de la Policía Foral.
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Si se han hecho ustedes un lío con lo que dice la nota del gobierno es normal, porque lo que explica es un lío.
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Por un lado se reconoce que Beaumont recibió la queja de LAB por correo electrónico.
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Se reconoce también que de la redacción del propio expediente se deduce que se inicia por iniciativa de Beaumont.
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Pero por otro lado se pretende que la queja de LAB recibida por Beaumont no tiene nada que ver con que se iniciara el expediente y que fue una iniciativa del director general de Interior. ¿Cómo se entera de la queja el director general de Interior si la queja la recibió Beaumont y no se la transmitió? Si recibió otro correo o se enteró por otro conducto, ¿por qué no lo dice la nota?
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Finalmente, claro que no es Beaumont la que inicia el expediente, ya que la ley establece que ese papel corresponde al jefe de la Policía Foral, el cual lo inicia por iniciativa del director general de Interior según la versión de la nota del gobierno, y según la previa indicación de Beaumont a éste por lo que se deduce de la redacción del expediente. La pregunta sigue siendo por tanto si habría habido expediente sin correo electrónico de LAB a Beaumont. Todo ello sin olvidar las preguntas que nos hacíamos al conocer la noticia, como si mandar correos a Beaumont es el cauce indicado para tramitar las quejas, a cuántas quejas más ha dado cauce Beaumont aparte de la de LAB, y cuántas quejas por otros cauces tienen el mismo índice de éxito que si les da cauce Beaumont. También nos preocupa el mensaje subliminal que deja todo esto al margen de lo que opine cada cual respecto a la actuación de la consejera, y es la idea de que si alguien de una organización de la izquierda abertzale tiene un problema con un policía foral le manda un correo a Beaumont, elegida por la izquierda abertzale, y el policía es expedientado. Lo que le faltaba para poder hacer su trabajo a la Policía Foral.
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Un comentario
¿Alguien esperaba algo diferente en el proceder de esta Sra.?. La cabra siempre tira al monte.