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El día de ayer se reveló crítico de cara a los futuros acontecimientos. Hasta ahora, como hemos señalado en diversas ocasiones, en lo tocante a Cataluña nos habíamos movido en el terreno de una cierta virtualidad. Los separatistas hacían como que no había una legalidad que les impidiera llevar a cabo sus actos y el estado hacía como que esos actos, por ilegales y nulos, era como si no existieran y no se estuvieran produciendo. Hasta ayer. Lógicamente en algún momento el conflicto tenía que pasar del terreno virtual al real, para cumplir y hacer cumplir las leyes, o para saltárselas definitivamente.
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En este país no hay muchas cosas que funcionen bien, pero una de ellas son las fuerzas de seguridad, la Policía Nacional y la Guardia Civil. Tras la operación desplegada ayer los separatistas se quedan sin urnas, sin papeletas, sin censo y sin cartas convocando a los presidentes de mesa. Rajoy, en su comparecencia a las 21 horas, dijo que el referendum ya no sólo era ilegal, sino además imposible. Puede que el presidente tenga razón y que los separatistas se hayan quedado sin papeletas y sin toda la infraestructura necesaria para organizar la consulta, pero en cualquier caso el estado hizo ayer algo absolutamente determinante: mostrar actitud. Frente a la pertinacia en el incumplimiento de la ley, llega un momento en que hay que intervenir contra quien se sitúa en la ilegalidad, intervenir materialmente, intervenir impidiendo la continuidad de la ilegalidad. El estado mostró ayer que ésa es su actitud y ése es justo el mensaje que tenía que mandar. Si ésa es la actitud, poco importa que los separatistas tengan escondidas urnas o papeletas en otro almacén.
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En estado de peligro
Lamentablemente la irresponsabilidad de los separatistas ha creado una situación inherentemente peligrosa, caldo de cultivo para que algunos exaltados puedan provocar más de un desmán. Esperemos que no se produzcan tales situaciones aunque no se pueden descartar. En realidad serán difíciles de evitar. En esto, como en lo otro, lo importante vuelve a ser la actitud. Los insurrectos sólo podían ganar frente a un estado que no estuviera dispuesto a actuar. La determinación del estado, por tanto, hace desesperada y absurda la persistencia en la insurrección, tan claro como deje eso el estado así quedará limitada su magnitud, que no obstante a estas alturas puede ser una magnitud apreciable aunque se limite sólo a la locura de sus impulsores.
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La democracia y la ley
Hizo bien Rajoy al recordar en su discurso algunos conceptos básicos, como que no tiene sentido oponer la democracia, la gente y el voto, por un lado, y la ley por otro. En las democracias la ley emana precisamente de la gente y su voto. Quienes se sitúan al margen de la ley, por consiguiente, no es que estén contra la ley pero con la gente, sino contra la ley y contra la gente, incluyendo al 90% de los españoles y al 53% de los españoles catalanes. Es cierto que a veces las leyes, aunque democráticas, pueden ser injustas, pero entonces hay que combatirlas por injustas, no por antidemocráticas, pudiendo ser injustas aunque las apoye el 99%. Cuando uno decide oponerse a una ley injusta, por otro lado, está claro que lo hace sabiendo las consecuencias. Y cuando uno decide oponerse a una ley injusta, que no es el caso con lo que sucede en Cataluña, aparte de amante de la justicia para ser un fuera de la ley hay que ser inteligente, o puede uno provocar males mayores y no conseguir encima su objetivo.
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8 respuestas
Suelo compartir los análisis y planteamientos de NC pero me llama la atención la aparente inquina que tienen ustedes a los jueces, a quienes critican sin piedad cada vez que alguno toma una decisión que no es de su gusto (algo que suelen reprochar a la izquierda y a los nacionalistas pero que practican asiduamente ustedes cuando hablan del Poder Judicial); generalizando puntuales retrasos en determinados asuntos (olvidando que miles de procedimientos terminan en plazos más que razonables y que los retrasos en la instrucción y enjuiciamiento de causas penales en muchas ocasiones se deben a la penuria de medios con la que deben trabajar los jueces); y omitiendo que detrás de cada una de esas actuaciones de la policía y de la Guardia Civil, que tanto aplauden ustedes, siempre hay un juez dirigiendo la instrucción y adoptando todas las decisiones que suponen afectación de derechos fundamentales.
La operación de ayer de Barcelona fue ordenada por un juez, que seguro que tuvo que trabajar muchas horas para motivar todos los registros que ayer se practicaron, y sería justo que ustedes lo reconocieran y lo agradecieran, tal como hizo ayer Mariano Rajoy.
Sólo falta una cosa: que los responsables de este esperpento (delictivo, por otra parte) pasen en la cárcel los años que se merezcan.
Unpocodesensatez, posiblemente estoy de acuerdo con lo que usted dice, y posiblemente se refiera a varios artículos de NC.
Pero en este caso concreto, el de ayer, a quien hay que agradecer algo es a VOX, que es el partido que presentó una denuncia ante el juez por las declaraciones del juez (curioso) Vidal en las que anunciaba que tenían un censo para el Referendum.
Osea de que de agradecer algo a alguien, habría que hacerlo a Vox. El juez Ramírez Suñer lo único que hizo fue cumplir con la ley y con su obligación.
No a Mariano, no a los jueces, no a los fiscales, no al PP… No. A Vox. 0 escaños.
España es un estado de derecho y las instituciones funcionan , como indica las decisiones que ha tomado el juez instructor considerando que existen indicios racionales de la comision de delito o delito, para ordenar tras fundamentar y motivar en sus resoluciones al efecto las entradas y registros , y posteriormente tomar las medidas sobre situacion personal de detenidos , y si quedan esa situación , citar a comparecencia al Ministerio Fiscal y detenidos para que si el primero interesa la prision provisional conforme a derecho , oyendo a los acusados ,resolver .. Todo ello responde a que los jueces como los fiscales se deben solo a la ley .Pero la cuestión no queda ahí , habrá que seguir el procedimiento y ver si con el material recabado de la instruccion es suficiente para en su caso procesar , o bien abrir tramite d e un procedimiento abreviado contra personas imputadas ( terminologia actual investigadas) y desde luego una vez evaluado el material instructorio que el fiscal efectuará su acusación contra las personas que considere autores o cómplices , incluso la posibilidad de que haya personas juridicas, calificar los hechos , indicar las pruebas de que se va a valer en juicio etc etc y por supuesto interesar la apertura de juicio . España ,reitero, es un estado de derecho, pese a que predican en contrario los ultraizquierdistas, que ademas hacen declaraciones sin ton ni son, y de los secesionistas ( el presidente regional lanza un declaración no acorde con la verdad) que han hecho causa común e incluso los vascongados ya han sacado la patita !Que extraño! O mejor no apoyar lo que mañana nos puede pasdar a nosotros..
Por supuesto con derecho de defensa y a la defensa de los posibles acusados desde el primer momento, y llegado el caso a un juicio con garantías y público ante un tribunal imparcial ,distinto del juez de la instrucción , ante el cual habra de demostrarse por el fiscal los hechos de los que ,en su caso,haya acusado.
Lo que si sería de desear es una instrucción lo más ràpida posible para llegar al juicio, pues la rapidez en juzgar no solo es un interes de los acusados si no de toda la sociedad,
Por último , no existe estado de derecho si se permite el incumplimiento de la legalidad y señalar que Guardia Civil y Policia Nacional , por ende los Mozos , están en cuanto realizan su función como policia judicial a las órdenes de jueces y del Ministerio Fiscal.
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Leyendo los comentarios de «unpocodesensatez» y del Vecino, yo me hago esta pregunta: ¿de no haber existido la denuncia de Vox, cual habría sido la postura judicial?. ¿Actuar de oficio?.
Si en Cataluña se han dado durante años numerosos casos de incumplimientos de la Ley y de sentencias del Constitucional (fijémonos p.e. en el terreno de la educación) ¿por qué los jueces no han actuado de oficio para garantizar el cumplimiento de la Ley?. Si el motivo es que tienen que esperar a que haya denuncia, entiendo yo que la iniciativa judicial que apunta «unpocodesensatez» es poco meritoria. Si pudieron actuar de oficio y no lo hicieron, el asunto se me antoja aún más grave.
Digo todo esto desde mi desconocimiento de los procedimientos judiciales. Espero que alguien entendido lo aclare.
Sr. De Navarra , sin pretender por supuesto en erigirme en gran experto si puedo decirle , los procesos penales pueden iniciarse por : a) querella. b) denuncia y c) de oficio. Para no hacer muy largo la cuestión declinaremos referirnos a la querella y denuncia y cuando además algún proceso penal por determinado delito solo puede incoarse por querella.
Se actúa de oficio cuando el juez tiene conocimiento por medios que no son ni la denuncia ni querella de unos hechos que presentan los caracteres de delito. Este posible delito tiene que ser de los que son perseguibles de oficio( la mayoría de los delitos). ¿Cuales son esos medios? por ejemplo la notoriedad , o incluso noticia periodística o por propio conocimiento. Se refiere a la iniciación de oficio la misma Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 308 “Inmediatamente que los Jueces de instrucción o de Paz, en su caso, tuvieren noticia de la perpetración de un delito, el Secretario judicial lo pondrá en conocimiento del Fiscal de la respectiva Audiencia, y dará, además, parte al Presidente de ésta de la formación del sumario…..” o en el articulo 303 “ La formación del sumario, ya empiece de oficio, ya a instancia de parte, corresponderá a los Jueces de instrucción por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva……”.
Lo importante es que se incoe el proceso penal , sea por denuncia, querella o de oficio. Y aquí en el caso del Juzgado de Instrucción numero 13 , se ha incoado hace ya cierto tiempo por denuncia de un partido político
Decirle que el Juez tiene obligación a proceder a comprobar hechos denunciados salvo que “ no revistiere carácter de delito, o que la denuncia fuere manifiestamente falsa”. .
Desconozco si hay o no otros juzgados en Cataluña que hayan abierto algún tipo de diligencias por denuncia , por querella, o de oficio. Si que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tiene en trámite otras diligencias penales previa su admisión de dos querellas presentadas por la Fiscalía Superior de Cataluña por el referéndum una de las querellas es contra presidenta, los miembros de la Mesa del Parlamento, por el debate expres ,votación etc ; la otra, contra el presidente sr. Puigdemont, el vicepresidente sr .Oriol Junqueras y consejeros de su gobierno . Las querellas son por delito continuado de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos.
Respecto a los fiscales,( Art. 124 de la CE “ 1. El Ministerio Fiscal, sin perjuicio de las funciones encomendadas a otros órganos, tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social…..) igualmente tienen el deber de iniciaran diligencias de investigación conforme a su Estatuto Orgánico,y la Ley de enjuiciamiento Criminal que dice en su art. 773. 2.” Cuando el Ministerio Fiscal tenga noticia de un hecho aparentemente delictivo, bien directamente o por serle presentada una denuncia o atestado, informará a la víctima de los derechos recogidos en la legislación vigente; efectuará la evaluación y resolución provisionales de las necesidades de la víctima de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente y practicará él mismo u ordenará a la Policía Judicial que practique las diligencias que estime pertinentes para la comprobación del hecho o de la responsabilidad de los partícipes en el mismo. El Fiscal decretará el archivo de las actuaciones cuando el hecho no revista los caracteres de delito, comunicándolo con expresión de esta circunstancia a quien hubiere alegado ser perjudicado u ofendido, a fin de que pueda reiterar su denuncia ante el Juez de Instrucción. En otro caso instará del Juez de Instrucción la incoación del procedimiento que corresponda con remisión de lo actuado, poniendo a su disposición al detenido, si lo hubiere, y los efectos del delito……..”.
Los fiscales jefes en Cataluña por orden del Fiscal General de Estado han iniciado diligencias de investigación en relación con los alcaldes que han firmado decretos cediendo locales para el referéndum del 1-0, a los que están citando como investigados. Una vez finalizadas si consideran que los hechos presentan caracteres de delito interpondrán bien querella o denuncia instando al juez de instrucción para que incoe procedimiento y si hay detenidos los pondrá a disposición del aquel.
Sin perjuicio de que cualquier otra persona pueda rectificarme con mejor y más depurado criterio , espero le haya aclarado algo y creo que si, que los jueces ,fiscales y fuerzas de seguridad del Estado están funcionando en nuestra patria, España, en este caso en Cataluña.
Mis saludos .
El gobierno al final va a tener que aplicar el art.155 y el art.116 de la CE , y por ende la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio. Sigue la desobediencia,los desordenes públicos, y la clara toma de calle por los secesionistas, las coaciones, . Esto les parezca bien o no a la izquierda y a la ultraizquierda .
Diganme que calificativo se le puede dar a la actuacion de los sediciosos impidiendo la salida de la Comision Judicial, (Letrada de la Administración de Justicia) y a los Guardia civiles, daños en los vehiculos, al menos desordenes públicos, coacciones etc , tuvieron los Mozos que cargar despues de horas para que pudieran salir . ¿ Como no lo hicieron antes? Esperemos que los responsables sean puestos a disposicion de la justicia.
Esperemos que los golpistas secesionistas,traidores a España, sean puestos a disposicion de la justicia.