El extraño caso del impuesto de plusvalía sobre inmuebles sin plusvalías y la no victoria del ciudadano

x

En una sentencia dictada el pasado 11 de mayo, el Tribunal Constitucional ha determinado que los contribuyentes no tendrán que pagar el impuesto de plusvalía municipal cuando hayan registrado pérdidas en la venta de un inmueble. El Constitucional, de este modo, extiende a todo el territorio nacional la decisión que había adoptado previamente para el territorio foral de Gipúzcoa.

x

La litigiosidad en torno al impuesto de plusvalía sufrió una lógica sacudida cuando, a partir del crash del ladrillo, muchos ciudadanos se vieron en la ridícula situación de que tenían que pagar un impuesto de plusvalía al vender un inmueble con el que en realidad estaban perdiendo dinero.

x

Como su propio nombre indica, el impuesto de plusvalía debería establecerse sobre una plusvalía. Si no hay plusvalía, no debería haber impuesto. Mucho menos aún si lo que hay es un minusvalía.

x

Al margen de a pura lógica, el Constitucional determina que el impuesto de plusvalía vulnera el principio constitucional de «capacidad económica». Por consiguiente, anula este impuesto y las normativas que lo establecen “en la medida en que no han previsto excluir del tributo las situaciones inexpresivas de capacidad económica por inexistencia de incrementos de valor”.

x

El TAN tenía razón

Durante los últimos años, han sido varias las resoluciones del Tribunal Administrativo de Navarra que han dado la razón a los ciudadanos que se quejaban del impuesto sobre la plusvalía que se les aplicaba en el caso de una venta en lo que no había plusvalía. Sin embargo, las resoluciones del TAN fueron sistemáticamente rechazadas al ser recurridas ante los juzgados de lo Contencioso-Administrativo. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra, a este respecto, tenía planteada una cuestión de inconstitucionalidad frente al Tribunal Constitucional que ha venido a resolverse en toda España a favor del ciudadano particular.

x

Una victoria pírrica

Ante una primera y reciente sentencia del Constitucional relacionada con un caso planteado en Guipúzcoa, resuelto también a favor del ciudadano y anticipando el carácter general de la nulidad del impuesto sobre las plusvalías cuando no existen tales plusvalías, el presidente de la Federación Navarra de Municipios y Concejos, Pablo Azcona, declaró que la previsible disminución de la recaudación se compensaría “con el incremento de ingresos en otros impuestos”.

x

¿Sienten ustedes que la satisfacción por una victorias frente al estado dura muy poco? Pues todavía hay más. A causa de este impuesto indebidamente cobrado, los ayuntamientos de toda España se podrían ver ahora enfrentados a reclamaciones y devoluciones por un valor de hasta 8.300 millones de euros. El problema de esta aparente victoria es que el estado no paga las cosas de su bolsillo. El gobierno lo paga todo con el dinero que previamente ha sacado de nuestro bolsillo o a cuenta del que sacará en el futuro. Por consiguiente, si los municipios tienen que devolver 8.300 millones a los ciudadanos, para hacerlo tendrán que sacar previamente 8.300 millones de los bolsillos de los ciudadanos. Sumen a esto que los municipios cobrarán por otro lado lo que dejen de cobrar por el impuesto de plusvalías y calificar de pírrica la victoria de los ciudadanos en el Constitucional resulta hasta generoso.

x

Como observación final, se podría añadir que nos indignamos mucho ante determinadas prácticas de los bancos y las eléctricas, pero cuando se nos mete la mano en el bolsillo desde lo público con malas prácticas estamos anestesiados.

x

Compartir este artículo

2 respuestas

  1. Y el de Donaciones, amigo Ciudadan. , Si unos padres quieren donar metálico a un hijo porque lo necesita, pues a tributar. !Oiga! Que son nuestros ahorros de toda una vida y ademas hago lo que quiero con ellos pues los consiguieron honradamente.No importa a tributar otra vez.
    Ahora me explico la inquina en tiempos de Jesús a los publicanos y demas recaudadores , eran insaciables.

  • Navarra Confidencial no se responsabiliza ni comparte necesariamente las ideas o manifestaciones depositadas en las opiniones por sus lectores. Cada usuario es único responsable de sus comentarios
  • Los comentarios serán bienvenidos mientras no atenten contra el derecho al honor e intimidad de terceros, puedan resultar injuriosos o calumniadores ,infrinjan cualquier normativa o derecho de terceros , empresa, institución o colectivo, revelen información privada de los mismos, incluyan publicidad comercial o autopromoción y contengan contenidos de mal gusto.
  • Se procurará evitar en lo posible los comentarios no acordes a la temática publicada
  • Navarra Confidencial se reserva el derecho de eliminarlos

Información sobre protección de datos

  • Responsable: Navarra Confidencial
  • Fin del tratamiento: Controlar el spam, gestión de comentarios
  • Legitimación: Tu consentimiento
  • Comunicación de los datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal.
  • Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad, olvido.
  • Contacto: info@navarraconfidencial.com.

Suscríbete a nuestro boletín