Hoy comienza el juicio contra los promotores de la negociación política con ETA y la ilegalizada Batasuna.

Según señaló en su día el auto del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, las diligencias se incoaron con el exclusivo propósito de esclarecer, por un lado, si se había desobedecido una orden de la máxima autoridad judicial al haberse celebrado una reunión, de naturaleza y finalidad política, con personas que concurrieron y actuaron en ella representando a Batasuna. Por otro lado, de apreciarse esta desobediencia, si a la producción de la misma contribuyeron los encausados de forma necesaria. En cuanto a la existencia misma de la reunión y su naturaleza política, quedan no obstante pocas dudas en cuanto fue pública y ampliamente documentada y fotografiada.
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Dialogando a bombazos.

El citado auto, también aclaró en su momento que "lo que en modo alguno se puede interpretar, a no ser por ignorancia u ofuscación, como un intento de criminalizar el dialogo, o de impedir, restringir o condicionar el ejercicio de derechos fundamentales”. La razón de esto, también apuntada en el auto, es que “ninguna denuncia o querella cabría admitir si no concurrieran indicios denotando en los hechos la implicación de un partido ilegalizado”.

Las dos mesas.

Quienes ahora afrontan sus posibles responsabilidades penales son quienes protagonizaron el proceso-trampa mediante el que se convirtió en interlocutor político a una ETA políticamente ilegalizada, amenazante e irredenta. Todo ello tras un falso proceso de verificación de una supuesta voluntad de la banda de abandonar la violencia, cuya falsedad ha quedado evidenciada por los hechos anteriores, simultáneos y posteriores al proceso-trampa. Durante dicho proceso se negoció un acuerdo político con la ETA de Otegui, que incluía cuestiones como “el derecho a decidir” de los vascos o la creación de un gobierno común vasco-navarro, a cambio de llegar a un acuerdo paralelo en la mesa de la ETA de Txeroki y Ternera.

El apoyo de Nabai.

El apoyo de Nabai, entre otros, llama la atención porque se ofrece incluso en la hipótesis de ser penalmente culpables los encausados. Tal planteamiento presenta como normal la total impunidad de los dirigentes políticos para quebrantar el marco legal y las sentencias judiciales. Aún se daría otra circunstancia llamativa, como la de que los líderes de algunos partidos políticos se quejen de una norma que en todo caso su propios partidos mantenían en vigor. El trabajo del tribunal, meramente, será comprobar no la conveniencia o inconveniencia de la norma para los designios de los acusados, sino si existió o no vulneración de dicha norma penal.

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