La nueva Ley Trans, aparte todos los desastres venideros que promete contra la infancia, modifica por la puerta trasera el Código Civil de forma que la idea de paternidad y la figura del padre quedan enérgicamente arrojados al vertedero de cosas no reciclables de la historia. La ley del dueto Sánchez-Montero resulta bastante explícita a este respecto, de hecho en su exposición de motivos señala que “La disposición final primera modifica el Código Civil, procediendo a la implementación del lenguaje inclusivo. Lejos de consistir en una modificación meramente formal, la sustitución del término «padre» en el artículo 120.1.º por la expresión «padre o progenitor no gestante» supone la posibilidad, para las parejas de mujeres, y parejas de hombres cuando uno de los miembros sea un hombre trans con capacidad de gestar, de proceder a la filiación no matrimonial por declaración conforme en los mismos términos que en el caso de parejas heterosexuales, en coherencia con las modificaciones operadas sobre la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil por la disposición final décimo tercera”. La propia ley, por consiguiente, reseña no sólo esta sustitución del término “padre” por el de “progenitor no gestante”, sino que admite que es algo que tiene toda la intención y va mucho más allá de la forma. Y efectivamente va mucho más allá.
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¿Qué queda de ser padre? Porque esa es al final la clave de la nueva ley y del hembrismo que subyace bajo su redacción. Respecto al niño, en vez de padre y madre ahora tenemos un progenitor gestante y otro progenitor no gestante. El problema es que el progenitor gestante es lo que vendría a ser la madre, pero progenitor no gestante puede ser cualquiera. ¿Qué pasa con el padre? La paternidad se vacía por completo de contenido real.
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Para ser exactos, toda la realidad se vacía de contenido para adaptarse a la ley. O sea, uno esperaría de las leyes que se adaptaran a la realidad; por el contrario, con este gobierno de iluminados de extrema izquierda es la realidad la que tiene que adaptarse a la ley, y por tanto a la ideología que lleva detrás. Por eso por ejemplo tampoco se habla de “madre” y ni siquiera de “progenitora gestante”, en femenino, porque ahora hay contemplar el supuesto de una mujer que transiciona a hombre pero se puede quedar embarazada, con lo que puede ser gestante pero no progenitora, por lo que ya no podemos hablar en femenino.
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¿Y qué pasa cuando la mujer da a luz y deja de ser gestante? ¿Cómo la llamamos? Porque eso de ser progenitor gestante y no gestante vale para un rato, nueve meses como mucho, después los dos progenitores pasan a ser no gestantes. Por lo menos hasta que la mujer o el transmujer vuelva a quedar embarazada o embarazado, pero en cuyo caso será gestante del nuevo hijo y no de los ya gestados y dados a luz, respecto a los que vaciados de contenido los términos padre y madre ya no sabemos cómo llamar a los progenitores.
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Todo este galimatías, como indicábamos, resulta preciso para evitar las malditas imposiciones de la biología y del mundo real, en virtud de las cuales siempre habrá un hombre (el padre) que de algún modo habrá puesto el espermatozoide y una mujer (la madre) que habrá puesto el óvulo. Claro que como ya no les podemos llamar padre y madre ni hombre y mujer tenemos un lío tan absurdo como fenomenal, pero políticamente correcto y acorde al discurso indiscutible del hembrismo dominante del dueto legislador.
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Durante unos meses con esta ley siquiera la madre es madre, o por lo menos progenitor gestante, no necesariamente progenitora, pero es que el padre es nada. Al padre genético, el que va a determinar que el niño sea clavo de mayor, le roban todo papel. Porque ser progenitor no gestante no significa nada. Progenitor no gestante puede ser el penúltimo amiguete de la madre, o la nueva pareja lesbiana de la madre. O un grupo de señores. O la UGT. Entre el progenitor no gestante y el ADN del niño, la niña, el niñe o el niñ@ no tiene porqué haber ningún tipo de relación. De momento por tanto el padre se queda sin nombre específico para describirlo y distinguirlo del progenitor no gestante que puede no ser el padre.
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Obviamente los geniales legisladores Sánchez-Montero no han considerado esta ley desde el punto de vista de los niñes y del problema que les generan. Si ya no es políticamente correcto y acorde al Código Civil que los niños hablen de su papá y su mamá, a ver cómo llaman a su progenitor no gestante y a su progenitor no gestante. Porque para un niño pequeño, aparte muy poco afectivas, progenitor gestante y no gestante son palabras muy raras y muy largas. Entre que empiece a hablar el niño y todos los años que a algún miembre del consejo de ministros podría costarle decir sin dificultad “progenitor no gestante”, alguna cosa más sencilla habrá que pensar. Y el final de El Imperio contraataca a ver cómo lo vamos a reinventar.
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