La expropiación de Rumasa podría costarle próximamente al estado español 18.000 millones de euros

Rumasa sigue siendo noticia a punto de cumplirse los 27 años desde que fuera expropiada por el estado. Según se está comentando, la familia Ruiz-Mateos espera en cuestión de semanas una sentencia que, de estimar sus pretensiones, obligaría a restituir al estado español la friolera de 18.000 millones de euros. Es decir, un 1,5% del PIB. Una cantidad astronómica que, en este momento, podría ser la puntilla para las arcas del estado.

Según relata el diario El Mundo, el 30 de diciembre de 2004, analizando una sentencia del Tribunal Supremo sobre los justiprecios de Rumasa, el abogado Juan Manuel García-Gallardo apreció que en todos estos años la familia Ruiz-Mateos no había cobrado un solo euro del estado. Por esta razón, según el artículo 58 de la Ley de Expropiación Forzosa de 1954, cabía la posibilidad de pedir la retasación de los bienes expropiados. La nueva valoración de Rumasa ascendería a 14.500 millones de euros, cantidad que aún podría incrementarse hasta los 18.000 millones de euros. Algunas de las sociedades retasadas, sigue informando El Mundo, son el Banco Atlántico (342 millones de euros) o Galerías Preciados (4.821 millones de euros).

García-Gallardo estima que, antes de seis meses, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictará sentencia sobre el primer caso, que será precisamente el de Galerías Preciados.

No parece fácil apostar por una restitución judicial de tal calibre a la familia Ruiz Mateos. No obstante, si se produjera, habría que preguntarse cuál es la responsabilidad de las personas que formaron parte de aquel gobierno socialista que, un 23 de febrero de 1983, decidió aquella extraña expropiación y que, 27 años después, podría costarnos a los contribuyentes españoles la astronómica cantidad de 18.000 millones de euros.

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7 respuestas

  1. ¿Y Felipe y Boyer no podrían aportar su patrimonio? ¿ Y Carlos Slim, al que Felipillo X le regaló gran parte del holding? ¿O como es un millonario progresista no puede hacerse responsable?

  2. Lo reclamado por Ruiz Mateos es justo, pero no creo que en esta España en la que ningún alto Tribunal se salva del desprestigio de ser un brazo político del Estado vayan a indemnizar a Ruiz Mateos con esta cantidad.

    Si lo hicieran, sería un bombazo.

  3. Bueno… los tribunales, y más los del orden contencioso administrativo son muy reacios a conceder valoraciones exorbitantes como las relatadas. Pensad que muchas de estas empresas estaban en graves apuros financieros… no obstante alguna cifra sí concederán a la familia… y adivinad quién va a pagarla.

  4. Si no se le devuelve también se crea un precedente de que aquí se puede quedar el Estado con el patrimonio de todos los españoles sin mediar una indemnización «real». La Constitución propició que se pudieran hacer una expropiaciones *mediante* indemnización, sin fijar un plazo.(¿Por qué no previa como algún diputado propuso cuando se estaba redactando?) cf. Artículo 33
    1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.
    2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.
    3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, *mediante* la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

    Recuérdese que se expropió incluso con allanamiento de morada, sin siquiera haberse publicado en el BOE.

    Se malbarataron y vendieron por cantidades simbólicas, las empresas sin esperar un juicio. se supone que si alguien compró eso sabe que no lo adquirió a su legítimo dueño… luego es normal (lo normal es lo más extraño del mundo, lo sé) que se le devuelvan o se devuelva su valor y que lo hagan quienes se beneficiaron de ello.

    Ah y recuérdese que la *lumbrera* que prometió no sé cuantos miles de puestos de trabajo se cargó en un santiamén y con prepotencia decenas de miles empleos…

  5. Matizar a MAC (con quien coincido, of course, en lo esencial) que la Constitución no propicia la indemnización. La ley de expropiaciones vigente (que creo que es de 1954, de la dictadura de Franco) naturalmente que reconocía el derecho del expropiado a ser indemnizado. Este derecho es decimonónico.. otra cosa es su grado de cumplimiento y perfección.

    Lo que demuestra el tema de Rumasa es que es casi más peligroso que un estado decrete una expropiación -por urgencia- de una propiedad ruinosa, que dejar que dicha propiedad se precipite por sí sola hacia la ruina; que la intervencion publica suele ser como la entrada de un elefante en una tienda de Lladró y que luego, el que conducía el elefante, no paga, da al perjudicado nuestro nº de cuenta.

  6. La ilegalidad de la expropiación de Rumasa no proviene primeramente de que se pagase o no justiprecio, que eso por supuesto también, sino ante todo porque se promulgó una ley singular para eludir el procedimiento expropiatorio en que se privaba de su propiedad a una persona, cosa que está prohibida. Es decir, no se puede publicar una ley que diga: «Ley 5/2010 de incautación del digital Navarra Confidencial».

    spurgus: una empresa en quiebra se somete a un procedimiento judicial de quiebra cuando deja de pagar a sus acreedores, no se la expropia.

  7. Spurgus, en la redacción de la Constitución se propuso cambiar el término *mediante* por *previa* y fue rechazado. El mediante supone una indemnización ad kalendas graecas. En su día me mosqueó… lo entendí con la expropiación de RUMASA. Constitución en mano se puede expropiar todo y que cobren nuestros tataranietos.

    Tomasito, de acuerdo, la ilegalidad afecta a mucho más que una expropiación que nunca debió hacerse y menos así.

    Por cierto, los números se me traban. Creo recordar que en 1983 RUMASA estaba valorada en 500.000 millones de pesetas una enormidad incluso si se compara con los 18.000 millones de euros: inflación, lo que se dejó de producir, el daño, etc.

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